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Para inversores: cómo serán nuevos controles sobre dólar
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 08/06 - 10:14 Ambito Financiero
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A partir de hoy regirán las nuevas normas para la compra de dólares en el mercado cambiario. El directorio del Central aprobó ayer las medidas, que son básicamente dos: cuando se supere el límite de u$s 250.000 anuales, las personas deberán respaldar la transacción presentando una declaración jurada (Ganancias y Bienes Personales), mientras que las empresas deberán presentar su balance anual. La segunda exigencia es que las operaciones de compra de divisas que supere los u$s 20.000 mensuales deberán realizarse a través de pesos depositados en una cuenta bancaria. Estos límites no impactan en las operaciones minoristas, también denominadas «chiquitaje». Se mantiene así la posibilidad de comprar billetes en la ventanilla sin restricciones (el máximo es 20.000 dólares mensuales).

Desde el BCRA volvieron a aclarar que no se cambia el límite ya existente de acceso al mercado cambiario, el cual se mantiene en u$s 2 millones mensuales. Las medidas, sostienen en la institución, tienen como objetivo evitar maniobras vinculadas a lavado de dinero o evasión impositiva.

Estos límites se aplicarán exclusivamente en el caso de compra de dólares para formación de activos sin asignación específica. En otras palabras, lo que se busca es ahorrar en divisas. En cambio, si el objetivo es comprar dólares para otros objetivos, como importaciones, distribución de dividendos o giro de utilidades al exterior, se mantendrá el esquema habitual.

En el mercado, sin embargo, se interpretaron como mayores restricciones para el acceso al mercado de cambio. Por eso, ayer se registró un fuerte aumento de la demanda de divisas en las sucursales bancarias, ante el apuro de público y empresas de adelantarse a estas medidas. El Central también optó por apurar la implementación de estas normas en vez de esperar a la reunión formal de directorio de los jueves, luego de haber cerrado con un importante saldo vendedor la jornada (ver aparte).

Fuentes de la autoridad monetaria señalaron que «el objetivo de la normativa reside en darle mayor transparencia al mercado sin modificar las posibilidades de acceso a la adquisición de billetes o divisas que existe en la actualidad», aclarando al mismo tiempo que «no tendrán impacto sobre el mercado minorista, sino únicamente en el de las operaciones cambiarias de magnitud».

Esquema

Los bancos tendrán una responsabilidad clave para el funcionamiento de este esquema. Serán los responsables de establecer que la operación de cambio sea genuina, es decir, debe corroborar que los fondos pertenecen a quien la realiza y no a otra persona. Si hubiera incrementos patrimoniales posteriores a la presentación de la declaración jurada, aclararon desde el BCRA, la entidad bancaria deberá requerirle cualquier otra documentación adicional que así lo justifique.

Es más, aquellos bancos que permitan realizar operaciones por más de u$s 250.000 anuales sin la comprobación fehaciente del nivel de ingresos del comprador será pasible de una denuncia penal cambiaria por parte del Central. Y lo mismo sucederá con el inversor.

Con estas nuevas exigencias, la compra de divisas en el mercado formal se vuelve más engorrosa para el público de alto poder adquisitivo, pero sobre todo para las empresas, que son las que mayoritariamente superan los dos niveles establecidos: el de u$s 20.000 mensuales y el de u$s 250.000 anuales. Una de las consecuencias de estas nuevas reglas para el mercado cambiario es que podría aumentar la demanda de divisas en el mercado informal. En ese caso, el dólar «blue» podría aumentar la brecha en relación con la cotización del mercado formal. Desde el Banco Central no opinan lo mismo, aunque revelan una estadística que podría abonar esta tesis: un 40% de las operaciones del mercado cambiario entran en los nuevos límites establecidos, por lo que sólo podrían canalizarse a través de la presentación de declaraciones juradas (en el caso de individuos) o las presentaciones de balances.

Otros puntos prácticos para tener en cuenta sobre la nueva modalidad cambiaria son los siguientes: 

·  Si un individuo o empresa compra u$s 21.000 en el mes, de ese total podrá adquirir u$s 20.000 en efectivo, pero los u$s 1.000 restantes a través de la cuenta bancaria.

·  Los bancos deberán controlar que en caso de superarse el límite de u$s 250.000 anuales, el cliente presente los comprobantes que exige la normativa. Pero si la empresa o individuo realiza operaciones, por ejemplo por u$s 200.000 anuales en distintos bancos, entonces será él quien tiene que cumplir con la exigencia de un balance o declaración jurada en consonancia con la operación.

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