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| Desde el 30 de abril, sin celulares en los bancos |
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21/01 - 10:59 Ambito Financiero |
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| Desde el 30 de abril, los bancos estarán obligados a utilizar medidas que impidan el uso de los celulares dentro del edificio de la entidad. Así lo dispuso ayer el Banco Central, mediante la reglamentación de la Ley de Seguridad Bancaria aprobada por el Congreso el 29 de septiembre del año pasado. Las herramientas que se podrán usar son básicamente dos. Al ingresar al banco se requerirá a las personas que dejen los aparatos en guarda con personal de seguridad (y quedarán allí hasta que salgan de la entidad) o deberán ponerlos en una bolsa precintada en la que se guardará el equipo, «con mecanismos que impidan su apertura», explicó el comunicado de la entidad monetaria. La medida abarca tanto a clientes como a empleados del banco.
Éstos son los dos mecanismos reconocidos por el Banco Central, pero se podrán poner en práctica otros, siempre y cuando cuenten con el visto bueno de la entidad monetaria presidida por Mercedes Marcó del Pont. «Los bancos tienen que presentar el plan de implementación», sostuvo en diálogo con periodistas el vicepresidente del BCRA, Miguel Pesce, y agregó que «si se pretende algún otro método, habrá que evaluarlo primero».
Según justificó Pesce, «no hay equipos que garanticen la seguridad respecto de temas de salud de las personas, y tampoco que no afecten a otros dispositivos como celulares del entorno, alarmas inalámbricas ni otros tipo de equipos de seguridad». En ese sentido, detalló que desde el Central se consultó a la Comisión Nacional de Comunicaciones, a la Policía Federal y al INTI. También enumeró a los países en los que está prohibido este tipo de tecnología, entre los que nombró a Estados Unidos, Canadá, España, Francia y Japón.
El Banco Central también reglamentó ayer el blindaje de bóvedas donde están las cajas de seguridad y la instalación de mamparas laterales en los cajeros automáticos y en las líneas de caja. Estas últimas deben estar en funcionamiento el 30 de junio, en las ciudades, y el 31 de diciembre para las poblaciones más chicas.
En el caso de las cajas de seguridad, las bóvedas en las que se encuentran deberán ser blindadas, según dispone el artículo 2º de la ley aprobada el año pasado. La novedad es que se diferencian dos tipos de tesoros: los móviles, que es para los casos en los que el edificio de la sucursal del banco sea alquilado, y los fijos, para cuando la propiedad pertenece a la entidad.
En ambos casos, los bancos deberán informar al Central antes del 31 de marzo. Pesce dijo: «El servicio de cajas de seguridad no es intermediación financiera y por ello nosotros consideramos que no teníamos que reglamentarlo, pero ahora lo impone la ley». |
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