El Código Fiscal bonaerense estableció que no constituyen actividades gravadas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos las exportaciones de servicios no financieros, pero dejó dudas sobre la fecha de entrada en vigencia, que para ARBA sería el 1 de enero pasado. Con esos cambios, dijo Vivian Monti, de la consultora KPMG, se fijó para esas exportaciones el mismo tratamiento que tiene la exportación de productos y mercaderías, a la vez que se equipara al beneficio otorgado por la ciudad de Buenos Aires. La medida beneficia a quienes, no gozando de regímenes promocionales específicos, exporten servicios no financieros, tales como informáticos, técnicos, de consultoría, profesionales, de procesamiento de datos, tercerizaciones, centros de servicios compartidos, entre otros. Ello así, no existen dudas de que tan esperado cambio implicará una reducción de la carga fiscal para el ejercicio 2011; no obstante, sí las hay respecto de si su efectiva entrada en vigencia no es aún anterior, explicó Monti. Informalmente funcionarios de ARBA han dejado trascender que entienden lo contrario, interpretando la aplicación del beneficio a partir del 1 de enero de 2011, pero se requeriría una ley aclaratoria, ya que el diario de sesiones no permite conocer la intención de los legisladores. |