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| AFIP: cobrarán impuesto por traslado de dinero |
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08/04 - 10:17 Ambito Financiero |
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| A partir del 1 de mayo, las compañías que se encargan de transportar caudales deberán brindar información detallada a la AFIP sobre cada traslado de fondos que realicen. El objetivo, según explicó el propio organismo recaudador, es «lograr un mayor control sobre el impuesto a los créditos y débitos bancarios».
Un funcionario del organismo señaló que lo que se busca, en la práctica, es generalizar el pago del denominado impuesto al cheque. Este gravamen se cobra al depositar un cheque en la cuenta, pero también cuando se realiza un depósito en efectivo en la cuenta corriente y cuando estos fondos se transfieren a un tercero. El gravamen es del 0,6% al momento de acreditarse los fondos y otro 0,6% al producirse el débito. Otro funcionario de la AFIP explicó con mayor detalle hacia dónde apunta el organismo recaudador, valiéndose de un ejemplo: «Si una empresa le tiene que pagar 50.000 pesos a un proveedor, está obligada a hacerlo por el sistema bancario. Si no lo hace es porque quiere evadir, en particular, el impuesto a los créditos y débitos bancarios. El objetivo es cobrarles a esas compañías evasoras el impuesto, porque, de lo contrario, sería injusto para el resto que sí lo tiene que pagar». Por supuesto, esta interpretación dará lugar a todo tipo de polémicas. ¿Es ilegal transportar efectivo?
Puntos cuestionables
La disposición plantea otros puntos cuestionables, ya que el uso de las transportadoras de caudales se hizo cada vez más generalizado ante la inseguridad creciente y las salideras bancarias. Ahora, sin embargo, con este mayor control de la AFIP se obligaría a muchos a salir con dinero de los bancos o contratarse su propia seguridad en vez de llamar a una compañía reconocida, que si bien cobra por el servicio, al mismo tiempo, brinda un seguro al cliente.
La medida, publicada ayer en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 3.076, establece los siguientes puntos:
Las empresas de transporte de caudales deberán informar mensualmente a la AFIP el nombre de los sujetos intervinientes, su CUIT o DNI y su domicilio completo.
· Deberá especificarse el tipo de operación con el monto (cantidad y moneda), el importe facturado por concepto (si es traslado, custodia o seguro) y el lugar de origen y destino de los fondos. Las empresas también deberán notificar si la operación es de custodia o de guarda, incluyendo además el período de contratación. El registro deberá cumplimentarse para las operaciones que se realicen a partir del 1 de mayo. |
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