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Lavado: controlarán a mutuales y a cooperativas
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 13/04 - 10:06 Ambito Financiero
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Por: Pablo Wende - Las mutuales y cooperativas, que tienen una fuerte participación en el mercado de financiamiento especialmente con las pymes, se transformarán en sujetos obligados a informar operaciones sospechosas relacionadas con el lavado de dinero. Así lo dispone el texto de ley que se encuentra en plena discusión en el Congreso y que sería tratado en pocas semanas.

Pero no son los únicos que en poco tiempo también quedarían alcanzados por la nueva normativa. En la lista aparece un sector que figura entre los más sospechosos no sólo en la Argentina, sino a nivel mundial: el fútbol. Según lo que establece el último borrador del proyecto, tanto los clubes de fútbol profesionales como la AFA deberán brindar toda la información relacionada con un tema tan delicado como es el de los pases de los jugadores, quiénes son los dueños de esos pases y de dónde sale la plata para las millonarias compras y ventas.

«En este caso, los clubes vendrían a ser los bancos, que deben dar cuenta de cada transacción, mientras que la AFA actuaría como el Banco Central, ya que es responsable de recabar toda la información y luego divulgarla», explicaron desde la Unidad de Información Financiera.

Otro de los sujetos que se incluyen en la ley con obligación de informar son los fideicomisos. En este caso, lo más delicado pasa por aquellos que se arman para operaciones inmobiliarias. Serán ellos, además de los escribanos, los que deberán informar y justificar a la UIF de dónde provienen los fondos que pusieron los inversores para llevar adelante el emprendimiento.

Las discusiones alrededor del nuevo proyecto que eleva las sanciones para las actividades relacionadas con lavado de activos tienen dos costados: uno de ellos pasa estrictamente por las discusiones políticas entre Gobierno y oposición, que planteó una larga lista de reparos al texto oficial. Pero además también hay una larga lista de cambios en relación con la legislación actual, que tardarán tiempo en ser asimilados no sólo por los actores de mercado, sino también por la Justicia.

La UIF emitió a lo largo de los dos primeros meses del año una extensa lista con nuevos requisitos para todas aquellas compañías que actúan como sujetos de información. Así, se amplió sustancialmente el listado de operaciones sospechosas que deben ser alertadas por los bancos, compañías de seguros, escribanos, inmobiliarias y hasta concesionarias de autos.

Sin embargo, no se incluyó a otros porque sencillamente no figuran en la ley vigente. Por lo tanto, lo que hace el nuevo proyecto es incluir una serie de instituciones que pasarán a estar alcanzadas. El caso de las mutuales y cooperativas resulta de especial interés, ya que inexplicablemente se encuentran con condiciones más ventajosas para operar que los bancos y otras entidades financieras que operan bajo la regulación del Central. El objetivo del Gobierno es en este caso combatir el alto porcentaje de informalidad en la que se mueve la economía argentina. Buena parte de las empresas que trabajan en negro termina consiguiendo financiamiento a través de este tipo de instituciones, que no sólo están fuera de la órbita del Central, sino que además tampoco debían reportar las operaciones sospechosas a la UIF, a cargo de José Sbatella.

Esta obligación generará, por otra parte, un fuerte aumento de costos de estructura, ya que los datos que solicita mensualmente la UIF requieren prácticamente tener un costoso departamento de contabilidad y auditoría. No contar con éste sería por demás riesgoso, ya que las multas por no informar operaciones sospechosas pueden ser millonarias, y la cooperativa o mutual podría quedar envuelta en el delito de «encubrimiento».

Por último, también figuran como sujetos obligados a informar los abogados. Pero en este caso no deberán hacerlo por cualquier operación de sus clientes, ya que violaría el derecho profesional. Sólo tendrán que rendir cuentas a la UIF cuando actúen como un tercero en la compraventa de inmuebles o cualquier otro tipo de activo.
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