El Banco Central (BCRA) les acaba de dar la razón a los bancos que, desde hace semanas, habían comenzado a reclamar a los importadores un expreso aval de la AFIP para poder venderles dólares por operaciones para saldar en febrero. De lo contrario, las bloqueaban. El acto de constricción oficial llegó hace apenas 48 horas, cuando esa entidad notificó a los bancos (comunicación "A" 5274) que, desde ayer, no pueden venderles divisas a importadores que no cuenten con la autorización previa de la AFIP y la Secretaría de Comercio. La circular confirma que las operaciones de comercio exterior, que hasta ayer no necesitaban una autorización oficial para ser cursadas por el mercado cambiario, ahora lo requieren. Lo hizo al reemplazar el requisito de registro de la operación por el de presentación de la Declaración Jurada Anticipada de Importaciones (dispuesta por la resolución general 3252/12 de la AFIP) ya aprobada. La norma además estableció plazos para precancelar deudas con el exterior, lo que hasta aquí no existía. Dispuso que las empresas pueden comprar divisas para cancelar deudas por importaciones con una antelación de hasta 5 días hábiles "antes del vencimiento de esa obligación con el exterior". Los pagos con mayor anticipación requerirán aval del BCRA.. |