Por Silvia Stang | LA NACION - A la par de la suba de las jubilaciones y pensiones para los beneficiarios de la Anses, subirán también desde el mes próximo los aportes a la seguridad social de los autónomos y de los asalariados de más altos ingresos. El incremento del aporte de los autónomos y del salario tope para calcular los descuentos será del 17,62%, igual que la suba de los haberes. Esa mayor recaudación, tal como lo dispone la ley de movilidad jubilatoria, permite financiar parte de la mejora para los jubilados que, según informó la Anses, significará una erogación anual de $ 24.950,98 millones. El salario máximo para aportar se elevará de $ 16.213,72 a $ 19.070,58, esto es, a quienes tengan una remuneración bruta equivalente o superior se les calcularán los descuentos para la seguridad social sobre este último monto. También aumenta el aporte para quienes ganan entre 16.213 y 19.070 pesos al mes. De todas formas, el nuevo tope debe ser ratificado por una resolución de la Anses. Como el aporte jubilatorio es del 11%, el descuento mensual pasará de $ 1783,51 a $ 2097,76 a partir de los ingresos devengados en marzo, que se cobrarán en los primeros días de abril. De igual forma se eleva la base para calcular los aportes a la obra social y al PAMI, del 3% en cada caso, que pasarán de $ 486,41 a $ 572,12. El descuento total, entonces, para todos los salarios de $ 19.070,58 o más, será de $ 3242. El efecto que eso produce en el bolsillo se compensa en alguna medida por un alivio en la retención del impuesto a las ganancias, ya que todo lo destinado a la seguridad social se deduce del salario sobre el que se calcula el tributo. Para los autónomos, los inscriptos en la categoría más baja deberán aportar mensualmente $ 312,94 para el sistema jubilatorio, en lugar de los $ 266,06 actuales (se trata de quienes realizan prestaciones de servicios y tienen un ingreso de hasta $ 20.000 al año y de los comerciantes con una facturación anual de hasta $ 25.000). Para los contribuyentes de la categoría que le sigue, el monto a aportar se eleva de $ 372,49 a $ 438,12. En todas las categorías se aplica el mismo porcentaje de suba, hasta llegar a la más alta (directores, administradores, socios de sociedades con ingresos superiores a $ 30.000), en la que la cifra llega a los $ 1376,98. Como en el régimen de autónomos las obligaciones se pagan a mes vencido, los nuevos montos regirán para los pagos que deberán hacerse en los primeros días de abril.
El cálculo La ley de movilidad jubilatoria rige desde 2009, casi tres años después de que la Corte Suprema le ordenara al Gobierno dictar una norma para garantizar la actualización de los haberes. En cumplimiento de esa norma y tal como anunció ayer la presidenta Cristina Kirchner, el mes próximo la jubilación mínima pasará de $ 1434 a $ 1687, en tanto que el haber mensual máximo se elevará de 10.507,90 a 12.359,39 pesos. El nivel de aumento se define según una fórmula, que considera la evolución de los salarios y de la recaudación de los tributos que tienen una parte de sus recursos destinados al sistema jubilatorio. La ley ordena dar dos aumentos al año, uno en marzo y otro en septiembre, y desde su vigencia, según informó la Anses, la mejora fue del 144 por ciento. Según los cálculos de consultoras privadas, en ese período la inflación fue de alrededor del 78 por ciento. De todas formas, y más allá de la cuantía de los ingresos, muchos quedaron retrasados frente al avance de los precios, porque la ley no corrigió el efecto de la falta de ajustes que muchos sufrieron entre 2002 y 2006. |