Buenos Aires, 06/04/2026
Corredor de Cambio ¿Por qué ABC? Quiénes somos Servicios Cierres Noticias Registración Consultas
 Nombre de Usuario:
 Contraseña:
Recordar Clave
 Olvido su contraseña?
 Modificar contraseña
 Regístrese aquí.
Empresas deberán informar sumas no remunerativas de los salarios a la AFIP
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 01/03 - 08:27 El Cronista
 Recomendar  Imprimir
Por DOLORES OLVEIRA - La AFIP creó un régimen de información para que los empleadores vuelquen en un aplicativo informático, antes de liquidar los salarios a sus empleados, los conceptos que se encuadran como “No Remunerativos”, como también la normativa en la que se apoyan y el importe total liquidado por esos conceptos.
Los montos no remunerativos son aquellos sobre los que no se aplican descuentos de previsión y seguridad social, y en muchos casos son fijados en los convenios colectivos.
La medida, establecida a través de la resolución general 3279, que será publicada en el Boletín Oficial, establece que los empleadores deben declarar anticipadamente los conceptos “No Remunerativos” en el micrositio “Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos”, en la página de Internet de la AFIP.
Ese régimen informativo busca evitar la planificación laboral nociva y las prácticas de evasión al Sistema Unico de Seguridad Social, ya que la AFIP a través de sus tareas de fiscalización, advirtió que numerosos empleadores abonan una parte importante de los salarios mediante conceptos consignados como no remunerativos, subrayó el organismo que encabeza Ricardo Echegaray.
Los especialistas se preguntan desde cuándo será la vigencia, porque hoy comienzan a correr los 4 días hábiles para el pago de sueldos y las empresas tienen 13 días para liquidar de las cargas sociales, lo que se complicaría si se debe utilizar un nuevo aplicativo que aún no está ajustado. Por eso, esperan que la vigencia sea a partir de hoy, 1º de marzo, de modo que recién rija para las cargas sociales que se pagan en abril.
La laboralista María Marta Buratti opinó que la normativa es consecuencia de la jurisprudencia de los tribunales laborales y de la misma Corte Suprema de Justicia, que vienen sosteniendo que las sumas no remunerativas son salario. Comentó que la iniciativa de la AFIP es “un primer paso para darles el verdadero carácter de sueldo que tienen”.
“Una cosa es acordar que por determinadas sumas no se pagan cargas sociales y otra que no sean salario, o sea que no se cuenten para licencias, aguinaldo, vacaciones e indemnizaciones”, dijo Buratti.
La especialista recordó que en la actualidad el Ministerio de Trabajo sólo avala acuerdos paritarios por sumas no remunerativas si se les pone fecha cierta de incorporación al salario.
“Las sumas no remunerativas sirvieron en un momento de crisis, pero hoy deben ser regularizadas”, concluyó Buratti.
El laboralista Julián De Diego opinó que es un primer paso. Recordó que una resolución que fue suspendida obligaba a que la AFIP aprobara dentro de los 30 días las sumas no remunerativas, con lo que la nueva norma vuelve a dar injerencia a la AFIP en un tema que había quedado reservado al Ministerio de Trabajo. También puntualizó que en el fallo González c/Polimat, la Corte declaró inconstitucionales el año pasado los tres primeros decretos de Néstor Kirchner sobre este tema. Y concluyó que todo apuntaría a que se apruebe el proyecto de Nito Artaza, que ya tiene media sanción del Senado, prohibiendo las sumas no remunerativas.
Para Osvaldo Jofré, del estudio Cordova Francos Gorbea D’Aiello Abogados, los conceptos no remunerativos, en ciertos casos, constituyen herramientas útiles y convenientes –tanto para los empleadores como para los trabajadores– a los fines de conformar un menú de beneficios que mejora la calidad de vida de los dependientes y sus familias: es el caso de los beneficios sociales, como viáticos y refrigerio.
Sin embargo, el pago de sumas no remunerativas (en la última década impuesta por el Estado a través de “aumentos por decreto” posteriores a la crisis y con mayor vehemencia en las negociaciones colectivas acordadas desde 2004 al presente) ha sufrido francos embates de la jurisprudencia, coincidió Jofré.
ABC Mercado de Cambios S.C. le acerca las noticias y novedades de mayor trascendencia relacionadas con el comercio y operaciones cambiarias a través de una fuente segura y confiable.
15-01-2026 El S&P Merval en dólares sufrió su mayor caída en un mes y medio, y el riesgo país se acercó ...
15-01-2026 El EUR/USD mantiene pérdidas con los datos manufactureros de EE.UU. en el punto de mira
15-01-2026 El dólar oficial anotó su segunda baja al hilo y quedó a más de 6% del techo de la banda
14-01-2026 La inflación de diciembre se aceleró al 2,8%, pero acumuló en 2025 un 31,5%, su menor nivel e...
14-01-2026 Jornada financiera: las acciones y los bonos reaccionaron a la baja por un dato de inflación ...
14-01-2026 EUR/USD recorta algunas pérdidas en una sesión de trading tranquila
14-01-2026 Dólar hoy: a cuánto cerró este martes 13 de enero
13-01-2026 Los ADRs cayeron hasta 3,5%, mientras el riesgo país trepó y volvió a coquetear con los 580 p...
13-01-2026 EUR/USD sube desde los mínimos de la sesión antes de los datos de inflación de EE.UU.
13-01-2026 Dólar hoy: a cuánto cerró este lunes 12 de enero
  Nota: Haga click sobre la noticia o novedad que desea ver
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 Siguientes...
Fecha
...que contenga: en  
 
Consultenos | Términos y Condiciones | Corredores de Cambio

ABC Mercado de Cambios S.C. © 2003 - 2026 | Email: info@abcmercadodecambios.com 
Paraguay 635 Piso 7 Dto. "A" y "B". Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina
Teléfono: (+54) 11 4312-6660
Desarrollado por Serga.NET