Por: Florencia Lendoiro - La AFIP estableció ayer un reordenamiento de información para todas las operaciones económicas con y desde el exterior de cualquier naturaleza, aún las que se realicen a título gratuito, concertadas a través de representantes. La Resolución 3.285 publicada ayer en el Boletín Oficial, bajo la firma del titular del área, Ricardo Echegaray, especifica que los representantes del exterior en la Argentina deberán empadronarse e informar de forma cuatrimestral esas operaciones.
Según la resolución, quienes están «obligados» a suministrar la información al ente recaudador serán «los representantes en el país de los sujetos o entes del exterior», y «quienes intervengan en calidad de prestadores de servicios tales como escribanos, bancos, mercados de valores, compañías de seguros y casas de cambio». Esas personas deberán cumplir con esta medida aun cuando por su intervención no perciban retribución alguna. Se aclara que la obligación de informar a cargo de los escribanos respecto de las operaciones de compraventa de inmuebles se considerará cumplida cuando haya sido informada en el régimen específico vigente.
La AFIP ya había dispuesto mediante la Resolución 3.276 que las prestaciones de servicios efectuados por extranjeros en el país y los servicios que agentes nacionales prestan en el exterior se incorporen a partir de abril a la Ventanilla Única Electrónica de Comercio Exterior, mediante una declaración jurada. Ahora, la registración de la información se completa con esta nueva medida que fue fundamentada en la necesidad de realizar un «ordenamiento, revisión y actualización de todas las normas vigentes en la materia y agruparlas en un solo cuerpo normativo».
Las operaciones que deberán comenzar a registrarse desde mayo, entre otras, son:
Compra-venta de bienes tangibles.
Compra-venta de títulos valores.
Cesión de derechos.
Negociación con derivados financieros.
Constitución de fideicomisos.
Constitución de sociedades y demás entidades cualquiera sea su naturaleza.
Consultoría financiera, comercial, industrial, legal, administrativa, contable, impositiva y de proyectos de inversión.
«Factoring», «Leasing», «Renting».
Colocación de fondos de inversión en el país y en el exterior.
Administración de carteras de inversiones.
Intermediación financiera.
Construcción.
Hoteles y restoranes.
Servicios sociales y de salud.
Según la AFIP, al empadronarse el sistema emitirá una constancia, por cada sujeto o ente representado, que contendrá un código que indicará unívocamente la relación representante-representado. En caso de terminarse dicha relación, el cese deberá informarse también. |