A partir del martes 3 de abril comienza regir la nueva normativa del Banco Central que dispone la obligatoriedad de mantener una cuenta en moneda extranjera para realizar extracciones de fondos con tarjeta de débito en el exterior. La autoridad monetaria había comunicado su decisión el pasado 12 de marzo. Hasta este lunes 2 los argentinos que visitaran otros países han podido retirar dinero de los cajeros automáticos (en el exterior) y el cambio de divisa se hacía de manera automática, con la cotización del momento. El nuevo control se incluye dentro de los mecanismos de controles de cambio propuesto por la administración de Cristina Kirchner desde diciembre último. Claves para entender la nueva norma¿Qué dice textualmente la circular del Banco Central? "Los retiros de moneda extranjera con el uso de tarjetas de débito locales desde cajeros automáticos ubicados en el exterior, deberán ser efectuados con débito a cuentas locales del cliente en moneda extranjera". ¿La cuenta debe ser en la misma moneda que se realiza la extracción? No. La circular dispone la necesidad de una cuenta en moneda extranjera de cualquier tipo. Por ejemplo, si posee una cuenta en dólares o euros y viaja a Brasil, podrá extraer reales. ¿Aplican sólo extracciones con tarjeta de débito? Sí, la normativa se aplica únicamente a extracciones de dinero en el exterior que se realizan a través de tarjetas de débito. ¿Cómo quedan configuradas las extracciones con tarjeta de crédito? Cuando se obtiene dinero de un cajero en el exterior con una tarjeta de crédito no se está realizando una extracción a partir de una cuenta, sino que se está sacando un adelanto de efectivo. Esta operación es equivalente a realizar una compra, dado que el saldo deudor generado se debe cancelar a través del pago del resumen del plástico. ¿La norma impone algún tope para la extracción de moneda extranjera? No. El banco donde está radicada la cuenta o la red de cajeros automáticos que se utilicen son quienes fijan los montos máximos diarios que se pueden extraer con una tarjeta de débito. ¿Se modifican cargos o comisiones que pueden cobrar los bancos por extracciones en el exterior? No, los cargos son dispuestos por cada entidad. Para consultarlos hay que contactar a la entidad donde se tiene radicada la cuenta. ¿La norma rige también para personas jurídicas? Sí, la obligatoriedad de esta norma rige para cualquier persona, empresa u organismo que desee realizar extracciones en el exterior a través de una tarjeta de débito. |