Incógnita e incertidumbre son las palabras que surgen no sólo de los agentes de bolsa sino también de quienes trabajan en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (BCBA). Formalmente, la institución no recibió la nueva normativa que traspasará el control del registro de la oferta pública a la Comisión Nacional de Valores (CNV) y la obligará a cambiar de entidad sin fines de lucro a sociedad anónima.
En rigor, la reforma le sacará el grueso de las funciones que hoy tiene la Bolsa. Aunque un borrador del proyecto de ley de reforma del mercado de capitales circuló por los agentes del mercado no logró aclarar las dudas sobre el papel que finalmente cumplirá cada entidad, la falta de estructura de la CNV llevaba a pensar a los brokers que pueden llegar a retener algunas de sus funciones. Fuentes de mercado confirmaron ayer que la función de autorizar, suspender y cancelar la cotización de títulos valores en la forma que dispongan sus reglamentos, que hoy tiene la BCBA por ley, quedará supeditada a la órbita de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Si se aprueba el proyecto que circula, el artículo 19 le atribuye a la CNV llevar el registro, otorgar, suspender y revocar la autorización de la oferta pública de los valores negociables y otros instrumentos y operaciones. También, de los mercados, los agentes registrados y las personas físicas y jurídicas por sus operaciones vinculadas con el mercado de capitales, para los que también tendrá que dictar las reglamentaciones por las que deben regirse.
Vemos que (el proyecto de ley) realmente afecta a una parte del mercado, puntualmente la CNV le va a sacar las funciones a la Bolsa de Comercio aunque también tendrá efecto sobre el Merval y otras plazas, dijo un directivo de uno de los principales mercados vinculados a la negociación de derivados. La pregunta que nos hacemos es cómo va a hacer la CNV para fiscalizar, controlar y requerir información con la magra estructura que tiene. Y se preguntó el papel que tendrá la Bolsa de aquí en adelante.
Porque los mercados de capitales deberán, por el artículo 31, constituirse como sociedades anónimas comprendidas en el régimen de oferta pública de acciones. Y evitar la formación de grupos de control.
Según el proyecto de ley, la CNV también deberá registrar a los sujetos autorizados a ofertar y negociar valores y las normas por las que deben regirse. Y comprenderá la función directa de supervisar, regular, inspeccionar, fiscalizar y sancionar a todas las personas físicas y jurídicas que realicen la oferta pública de valores negociables.
Desde dentro de la BCBA mantienen la esperanza que la CNV se verá obligada a derivar parte de estas funciones en los mercados existentes porque su estructura hoy no alcanza para incorporar esas tareas: Me cuesta creer que sea así, que un mercado tenga que armar todas las estructuras. No sé quién tiene los recursos, pero para hacer las cosas desde cero, tiene que llevarse los recursos desde otro lado o le saldrá muy caro armar una estructura de 150 años como tiene la BCBA. Le va a tomar otros 150 años.
Además, la ley actual le da la última palabra a la CNV para la autorización de la cotización de un título valor privado, por lo que los funcionarios estiman que en los hechos la nueva ley se implementará dejando a los mercados seguir emitiendo las normas y las sanciones para una posterior aprobación por parte de la CNV.
El fondo de la cuestión es que se elimina la autoregulación de los mercados para otorgarle un mayor poder de control a la CNV, algo que el mercado considera correcto. Aunque inmediatamente surge la palabra discrecionalidad. La regulación, en realidad, con el poder de potestad que tenía el Estado, ya la tenía. Esto está formalizando algo que tenía, dijeron desde dentro de la BCBA.