La Justicia federal confirmó un nuevo rechazo a una medida cautelar para la compra de dólares pedida por un matrimonio, que necesita las divisas para honrar la deuda por un crédito hipotecario con el cual compró su casa, se informó ayer en los tribunales. La novedad es que los jueces avalan una cláusula del contrato por el que las deudas adeudadas deberán ser canceladas a la cotización del dólar contado con liqui (por liquidación).
La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata consideró que en este caso no está configurado el peligro de la demora que requiere ese tipo de medidas, es decir una medida cautelar que pedía a la AFIP y al Banco Central que autoricen a una pareja a comprar los dólares para cancelar una hipoteca.
El matrimonio había alegado que con la suma percibida a través de un mutuo hipotecario en pesos adquirieron un inmueble por la suma de u$s 130.000, con un anticipo de u$s 25.000 en efectivo y el resto en 52 cuotas mensuales de u$s 2.000 y una final de u$s 1.000. La primera venció el 30 de septiembre de 2011, cuando ya estaban en plena vigencia el cepo al dólar.
En el contrato de compra venta se estableció que la deudora efectúe todos los pagos en la misma moneda dólares estadounidenses que se pactó como precio del inmueble y que no transformarán ni convertirán la deuda de dólares en pesos.
Sin embargo, otra cláusula del acuerdo estableció que si la entrega en dólares se hiciere de cumplimiento imposible por causas ajenas a la voluntad de la deudora, la acreedora podrá optar porque la obligación sea satisfecha en la cantidad de pesos, o la moneda que lo sustituya, en cantidad suficiente como para comprar en la plaza de Nueva York, Estados Unidos, la cantidad de dólares adeudados.
Ayer el dólar oficial cerró en $ 4,72, el blue o paralelo a $ 6,37 y el contado con liqui a $ 6,39.