La Unidad de Información Financiera (UIF) estableció ayer nuevas normas que deberán observar las sociedades de capitalización, de ahorro y préstamo para prevenir, detectar y reportar hechos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. En forma simultánea, la UIF dispuso que la política de Conozca a su Cliente sea condición indispensable para iniciar o continuar la relación comercial o contractual con el mismo. La resolución 50, publicada ayer en el Boletín Oficial, abarca a las sociedades de constitución de capitales u otra determinación similar o equivalente, que requieran bajo cualquier forma dinero o valores al público, con la promesa de adjudicación o entrega de bienes, prestaciones de servicios o beneficios futuros. La medida sustituye a la resolución 34/11 del organismo, y tiene por objeto mejorar su aplicación, en sintonía con lo establecido por la primera de las 40 Recomendaciones para prevenir los delitos de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Esa recomendación estableció que para un combate eficaz contra esos delitos, los países deben aplicar un enfoque basado en riesgo, a fin de asegurar que las medidas implementadas sean proporcionales a los riesgos identificados. Para clientes con operaciones por más de $1 millón anuales, o que realicen actos de compraventa de autos, camionetas o motos por un más de $ 350.000 anuales, se deberá definir el perfil del cliente. |