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Bancos deberán informar todas las operaciones por ser sospechosas de lavado
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 09/05 - 09:24 El Cronista
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Por DOLORES OLVEIRA - Si bien el Gobierno intentó dar todos los perdones legales posibles a quienes blanqueen sus dólares, queda un fuerte escollo que podría ser uno de sus principales desincentivos: quedarán sujetos a ser informados por el banco donde depositarán las divisas para que se los investigue por lavado de dinero, precisamente por no haber declarado el origen de los fondos.
Sin embargo, ayer se multiplicaron las reuniones de entidades de especialistas en cuestiones contables y tributarias para hablar precisamente de este punto del blanqueo. Y la conclusión fue que, si bien hoy hay muchas más normas de la Unidad de Información Financiera (UIF) hacia los sujetos obligados de informar operaciones sospechosas, es probable que ocurra lo mismo que en 2009. En esa ocasión, tácitamente, las denuncias por sospechas de lavado de dinero contra quienes adhirieron al blanqueo no se realizaron o no prosperaron.
En el artículo 9º, el proyecto de blanqueo establece que los que adhieran a la exteriorización no estarán obligados a informar a la AFIP ni la fecha ni el origen de los fondos de la compra de los dólares, pero “sin perjuicio del cumplimiento de la Ley 25.246”, de lavado de dinero.
Y el artículo 14º precisa que “ninguna de las disposiciones de esta ley liberará a las entidades financieras o demás personas obligadas”, y enumera a escribanos, contadores, síndicos, auditores y directores, entre otros, “de las obligaciones vinculadas con la legislación tendiente a la prevención de las operaciones de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo u otros delitos previstos en leyes no tributarias”.
Mario Volman, de Kaplan, Volman y Asoc, dijo que “el banco va a tener que denunciarlo ante la UIF y esto atenta contra la viabilidad del blanqueo. Aunque en el blanqueo pasado, por regularización de montos no sospechosos, no se formularon denuncias o estas no prosperaron”, recordó.
Rodolfo Canese, de KPMG, añadió que el actual esquema es parecido a la amnistía fiscal de 2009, pero lo diferente es que hoy hay mucha más normativa de la UIF sobre las obligaciones de los sujetos que deben informar operaciones sospechosas.
“El proyecto exime a quién blanquea pero no exime a los bancos y escribanos de la obligación de informar a la UIF. Si un sujeto hace el depósito para que le den el Cedin, y el banco sospecha que detrás de esa transacción hubo lavado de dinero deberá reportarlo o, a posteriori, debería hacerlo el escribano que escriture el inmueble”, ejemplificó Canese, y reconoció que “no es lo mismo una compañía que tiene un flujo de caja grande y blanquea una cifra consistente, a que venga una persona física que ni es contribuyente o es monotributista y haga un depósito millonario”.
Canese concluyó que, por el artículo 14º, aunque se esté liberado de la ley penal tributaria y cambiaria y de todo tipo de sanciones relacionadas, puede haber delitos penales vinculados a lavado de dinero.
Por su parte, Ignacio Fernández Borzese, consideró que “por la aplicación de leyes de lavado de dinero, el banco que reciba el depósito de los dólares debería denunciar todas las operaciones, ya que no se conocerá el origen de los fondos”.
“Es el principal desincentivo que tiene esto: que quedan las consecuencias penales por el delito de lavado por no informar el origen del dinero”, remarcó Fernández Borzese, y añadió que será difícil explicar que los dólares se obtuvieron evadiendo y no con el tráfico de armas o drogas. “Es muy difícil que alguien haga una apertura y declare, por ejemplo, que los dólares son fruto de una subfacturación en la venta de un inmueble”, ironizó.
El titular de la Fundación Argentina para el Estudio y Análisis sobre la Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, José María Salinas, recordó que el GAFI “ya puso reparos en el blanqueo de 2008”.

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