Los trabajadores en relación de dependencia deberán completar un formulario en el sitio web de la AFIP para pedir el reintegro
Los trabajadores en relación de dependencia que hayan realizado consumos en el exterior
con tarjeta de crédito, débito o que hayan hecho compras a través de
Internet en sitios internacionales durante 2013, tendrán tiempo hasta
pasado mañana para solicitar el reintegro de la retención
del 20 o 35% que realizó la Administración Federal de Ingresos Públicos
(AFIP) en concepto de adelanto de Bienes Personales o Impuesto a las
Ganancias.
Los empleados deberán ingresar con su clave fiscal -nivel de seguridad 2 o superiror- en el sitio web del organismo recaudador
y completar un formulario. Para ello, deberá seleccionar la opción
"Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las
Ganancias" y luego "Trabajador". Allí también podrá revisar los montos
que el ente recuadador le retuvo en el último período fiscal.
Al ingresar al formulario F572 web, el empleado deberá
completar la información de su empleador o empleadores -correspondiente
al período fiscal que se declara- y señalar cuál es su agente de
retención. En los casos en que el empleador no actúe como agente de
retención, se tendrá que consignar "los importes de renumeración y
deducciones que surjan del recibo", según consignó el diario El Cronista en su edición de hoy.
Tras completar esa información, se elige la opción
"Carga de formulario". Para el caso de consumos en el exterior con
tarjetas de crédito o débito, se tendrá que consignar el CUIT del agente
de retención, el plástico con el que se realizó el pago y su número, el
monto y el mes en el que se realizó la operación.
En el formulario también se deberán completar las
deducciones en otros ítems como "carga de familia", "intereses pagados
por préstamos hipotecarios", "donaciones", "primas de seguro de vida" y
"servicio doméstico".
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