PRORROGARÁN POR UN AÑO DISPOSICIONES DE CLASIFICACIÓN El Banco Central lanzará una batería de medidas que están enfocadas básicamente a reducir los requisitos y garantías que deben presentar las empresas para tomar un crédito. El Banco Central tiene en estudio avanzado nueva batería de medidas que apunta básicamente a facilitar el acceso al crédito de las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes). En primer lugar, el organismo monetario elevará el monto máximo con el que los bancos clasifican a los créditos comerciales asimilables a consumo, para que el otorgamiento del mismo dependa del atraso en el pago de las obligaciones y no en patrimonio que tenga la empresa. Hoy, los préstamos que se consideran de consumo o comerciales asimilables a consumo son los menores a $ 200.000. Por otro lado, se considerará a los fideicomisos de garantía como garantía preferida "A" y no preferida "B" como se los toma ahora. Así, estos activos se convierten en una garantía autoliquidable, sin que la entidad tenga que evaluar al deudor. Esta medida le permitirá el acceso al crédito a empresas o sujetos que por sí mismo no califican para ello. A partir de este cambio, al considerar a este tipo de fideicomisos como garantía preferida "A", los bancos sólo deberán previsionar el 1% del monto prestado, tal como ocurre con cualquier crédito en situación normal y no el porcentaje que corresponde si se tiene en cuenta la situación del deudor. Además, el BCRA prorrogará por un año las disposiciones transitorias para la clasificación de deudores, una normativa que sido lanzada por Alfonso Prat Gay hace más de un año y que vence el 31 de diciembre próximo.
Extensiones
Se extiende así la posibilidad de dar financiación en categoría 1 (normal) a empresas que tienen categorías inferiores en deudas con otras entidades financieras, lo que favorece directamente a empresas que después de la crisis quedaron con su patrimonio neto afectado, pero tienen perspectivas de negocio muy favorables. Además, se permitirá por un año más el otorgamiento de nuevos préstamos (hasta un tope de 15% del patrimonio del banco) por encima del limite vigente de 300% del patrimonio del deudor, contemplando las situaciones patrimoniales afectadas por la crisis pero con buenas perspectivas. Por último, aquellos deudores que refinancien sus deudas podrán ser considerados en categoría normal, siempre y cuando cumplan con los requisitos para ello. Antes, por el sólo hecho de refinanciar, el deudor era calificado "con problemas" (categoría 3). |