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Argentina perdió juicio en OMC: debe revisar barreras
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 16/01 - 07:52 Ambito Financiero
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Por: Liliana Franco - La Argentina deberá retirar las medidas que "obstruyen" el intercambio comercial con otros países, tras perder un juicio que le iniciaron los Estados Unidos, la Unión Europea y Japón en la Organización Mundial del Comercio (OMC). El secretario de Comercio, Augusto Costa, señaló a Ámbito Financiero que "este fallo no tiene ningún tipo de implicancia práctica en lo inmediato, ni en el sistema ni en el comercio exterior".

Cabe recordar que el Gobierno argentino había apelado en septiembre pasado el fallo emitido en primera instancia por un panel del órgano de solución de conflictos de la OMC que dictaminó que la Argentina viola las reglas del derecho internacional al imponer obstáculos a las importaciones de bienes europeos, estadounidenses y japoneses. En este fallo se dijo que las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI) constituyen "una restricción a la importación de mercancías" y, por lo tanto, son "incompatibles" con la normativa del organismo.

La cartera que comanda Axel Kicillof presentó un recurso el 26 de septiembre ante el Organismo de Apelación de la OMC para que se revisara la sentencia, pero este jueves este organismo ratificó la decisión de primera instancia. Tras conocerse la noticia, Costa le explicó a este diario acerca de las consecuencias de este fallo adverso. "Hemos recibido la notificación del fallo del órgano de apelación de la OMC. Estamos evaluando los alcances, pero lo importante es que no tiene efectos prácticos en lo inmediato en el sistema de administración del comercio exterior", aclaró.

En tal sentido, explicó que tras esta última resolución "se abre una instancia de negociación bilateral entre quien demanda (Estados Unidos, la Unión Europea y Japón) y quien es demandado (la Argentina)".

Precisó que el procedimiento de negociación que ahora se abre consiste en que quienes demandan y quien es demandado se sientan e intentan ponerse de acuerdo en cómo implementar lo que recomienda el panel, proceso que podría llegar a llevar entre 45 y 60 días.

"Es una negociación y lo que está previsto dentro de las normas de la OMC es que los miembros tienen un plazo prudencial para aplicar las recomendaciones, porque cualquier cambio normativo siempre tiene tiempos administrativos, nunca es inmediato", afirmó el secretario.

Agregó que "ese plazo prudencial se puede negociar con la contraparte y en caso de que haya un acuerdo se establece primero cuáles son las modificaciones que surgen del acuerdo y luego en qué plazos. Esto se puede fijar de común acuerdo dentro de los próximos dos meses".

Tras ratificar la posición argentina en cuanto a que "las DJAI son perfectamente consistentes con las normas de la OMC", Costa sostuvo que ahora se debe conversar sobre cómo hacer para modificar aspectos específicos que los demandantes dicen que son necesarios para adecuar el sistema a esas normas.

El secretario señaló que "como el argentino, hubo quinientos casos en la historia de la OMC y ningún país demandado tuvo que modificar todo su régimen de comercio exterior ni tampoco fue objeto de guerras comerciales". En el transcurso de este plazo prudencial para adoptar las recomendaciones, "nuestro país aún puede continuar aplicando las medidas objeto de litigio", precisó. La implementación de las recomendaciones no necesariamente debe resultar en la modificación o eliminación de la medida objeto de litigio, sino que se pueden ofrecer compensaciones en otros aspectos relacionados con el régimen de comercio exterior.

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