Los directores, síndicos, consejeros y funcionarios designados por el Estado nacional en empresas y sociedades en las que tenga participación accionaria gozarán de indemnidad en caso de que, durante sus funciones o cuando hayan cesado, sean demandados o denunciados por su actuación. Así se dispuso a través del decreto 196, publicado ayer en el Boletín Oficial. La norma -que lleva las firmas de la presidenta Cristina Kirchner; el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y el ministro de Economía, Axel Kicillof- sólo los exceptúa de esa protección en caso de que exista "dolo o culpa grave" en el ejercicio de esos cargos. En sus considerandos, el decreto alega que "toda vez que la actuación de los funcionarios aludidos encuentra su origen en una designación estatal, deviene necesario que el Estado nacional a través de la jurisdicción que corresponda, o de la entidad involucrada, asuma la asistencia profesional correspondiente, como también las consecuencias de los eventuales procesos cuando -con motivo o en ocasión del cumplimiento de sus funciones- los referidos funcionarios sean demandados, intimados, denunciados, querellados, imputados o requeridos de cualquier otra forma". El escudo legal alcanza a "los directores, síndicos, consejeros y funcionarios designados por o a propuesta del Estado nacional o de sus entidades en los órganos sociales de las empresas y sociedades donde tenga participación en el capital social", según lo dispuesto en el artículo 1°de la norma. "Son funcionarios públicos a efectos de la delimitación de su responsabilidad por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones", acota a modo de justificación. En el siguiente artículo plantea que la "indemnidad" de esos funcionarios está garantizada "durante el ejercicio de esas funciones o luego de cesado en ellas, fueren demandados, intimados, requeridos, denunciados, querellados o imputados por el ejercicio de tales responsabilidades; debiendo brindar a través de las jurisdicciones y/o entidades estatales correspondientes la asistencia especializada necesaria para asegurar su defensa, representación o patrocinio legal". Y luego aclara que esa asistencia "no procederá cuando se determine la existencia de dolo o culpa grave en el ejercicio de las funciones" o cuando "no hubieren actuado con ajuste a las normas, reglamentos, directivas, recomendaciones u órdenes emanadas de las autoridades competentes de la jurisdicción". CoberturaLa disposición también establece que "los resultados de los eventuales procesos serán asumidos por las jurisdicciones, organismos o entidades que ejerzan la representación de los respectivos derechos accionarios, o del organismo de control del que dependan". Y aclara que el beneficio "se aplicará, incluso, a las situaciones jurídicas preexistentes generadas por intimaciones, denuncias, imputaciones o demandas originadas en hechos o conductas anteriores a la fecha del presente decreto". La cobertura alcanza, por ejemplo, a todos los directores designados por el Estado por las acciones que tiene la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) heredadas tras la reestatización del sistema jubilatorio. Así, entre sus beneficiarios cabe contar al actual ministro de Economía, Axel Kicillof, y a su segundo, Emanuel Alvarez Agis, entre otros, con la particularidad de que el primero (al suscribir el decreto) se autoconcedió esa protección.. |