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| Default: persiste la confusión por el cambio de jurisdicción |
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24/06 - 09:05 Ambito Financiero |
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Por: Pablo Wende - Aunque no se suministraron datos oficiales, son pocos los inversores que optaron por cambiar la legislación de sus bonos emitidos bajo ley Nueva York, algo habilitado por la denominada ley de pago soberano. Sin embargo, aún aquellos que tienen la intención de
hacerlo se encuentran con dificultades, ante la falta de información que existe en el mercado local. Cada sociedad de Bolsa tiene su propia versión respecto del funcionamiento de este esquema.
"Por ahora, todo lo que se comentó sobre el cambio de jurisdicción de los bonos en default no ha sido instrumentado, por lo tanto es imposible evitar el bloqueo debido al fallo del juez Griesa. Si llegaran a producirse novedades nos estaremos comunicando". Éste es el texto que un broker local le envió a un inversor que quería traer los títulos de Nueva York a Buenos Aires, para que éstos queden depositados en Caja de Valores.
Pero al parecer algunos sí consiguieron hacerlo. Desde una de las casas de Bolsa líder del mercado local explicaron a este diario que "hicimos una sola operación y fue exitosa, pero la verdad es que casi nadie lo ha pedido", indicaron.
Aquellos que optan por transferir los títulos y cambiarlos de jurisdicción (de neoyorkina a ley argentina) deben dejarlos custodiados en Caja de Valores. Una vez allí, los bonos son prendados a favor del fideicomiso creado por el Banco Nación, que se encarga de pagar los cupones en dólares correspondientes.
Claro que esta operatoria tiene algunas particularidades. La más importante es que los bonos, al estar prendados a favor del fideicomiso, quedan totalmente ilíquidos. Es decir que no se pueden vender mientras se mantienen en esa condición, aunque sí cobrar los cupones semestrales. Recién cuando se solucione el conflicto con los holdouts los títulos serían devueltos a sus tenedores, que podrán venderlos si lo desean en el mercado secundario.
En la medida en que se prolonga el default, crece la cantidad de bonistas interesados en modificar la jurisdicción del título y traerlo al mercado local ya que es la única manera de seguir cobrando los cupones de intereses. El default técnico se produjo a fines de julio pasado y la ley de pago soberano fue promulgada a mediados de septiembre, es decir, hace ya nueve meses.
Aquel proyecto declaró de interés público la reestructuración de la deuda 2005-2010 y el pago soberano local "en condiciones justas, equitativas, legales y sustentables". En ese marco, el proyecto también introdujo la posibilidad de que los tenedores de títulos de la deuda argentina puedan optar por solicitar un cambio en la legislación y jurisdicción aplicable a sus títulos. |
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