El Gobierno oficializó ayer la eliminación de retenciones a la industria. "Fíjase en la alícuota del cero por ciento el derecho de exportación de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de los Capítulos 28 a 40 de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM)", dice el Decreto 160/2015. La medida publicada ayer en el Boletín Oficial exceptúa de la decisión al biodiésel, cuyas exportaciones mantienen la alícuota del 32%. El Gobierno eliminó también las retenciones a las exportaciones de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de los Capítulos 54 a 76 de la NCM, con excepción de los desperdicios y desechos (chatarra), de fundición, hierro o acero; lingotes de chatarra de hierro o acero. El artículo 3 fijó la alícuota del cero por ciento para exportación de las mercaderías comprendidas en los capítulos 78 a 96 de la NCM entre los que se encuentran los metales comunes, sin comprender hierro, acero, cobre, níquel, aluminio, plomo, cinc, estaño y sus manufacturas. También se eliminó así los derechos de exportación a las herramientas, máquinas y aparatos; material eléctrico; automóviles y autopartes, tractores, velocípedos, aeronaves y barcos; instrumentos musicales; armas y municiones; muebles; juguetes y manufacturas diversas. |