Por Silvia Stang - El proyecto de ley que envió anoche el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación prevé la declaración de un estado de "emergencia en materia de litigiosidad previsional" por tres años y confirma la información respecto de cómo sería el plan de pagos para que el Estado cancele la deuda con alrededor de 2,2 millones de jubilados, contraída por haber abonado los haberes mensuales por debajo de lo que corresponde en función de lo afirmado por fallos de la Corte Suprema de Justicia. A continuación, las principales claves del proyecto. 1.El llamado "Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados" contempla la firma de acuerdos transaccionales entre la Anses y los jubilados que acepten el plan propuesto para la recomposición de los haberes y, en el caso de quienes hicieron juicios, también para el pago de retroactividades. Quienes no acepten las condiciones seguirán en la misma situación en la que estén y podrán seguir con su juicio (o iniciarlo en caso de no haberlo hecho). 2.El plan contempla, en primer lugar, el recálculo de los haberes iniciales, es decir, de las primeras jubilaciones que cobraron las personas al momento de obtener su prestación. Para ese recálculo, el proyecto determina los índices con los que se actualizarán los valores de los salarios históricos que se consideran en la fórmula. Uno de los elementos que integran esa fórmula es el promedio de las últimas 120 remuneraciones que tuvo la persona; hoy por hoy se considera que hay una actualización adecuada de esos montos solo a partir de 2009, que es cuando comenzó a regir la ley de movilidad; por eso la corrección (que determinará cambios en los haberes) se hace para los períodos previos. 3.Otra parte del programa, que solo alcanzará a quienes hayan hecho juicio, implica el pago de los retroactivos, según lo que surja de aplicar hacia atrás en el tiempo el recálculo de haberes con los criterios fijados por la misma ley. Este pago será sin quita si el jubilado tiene sentencia al 30 de mayo de este año. En el caso de quienes hayan iniciado una demanda antes del 30 de mayo, se reconocerán retroactivos hasta un máximo de 48 meses, incluyendo los dos años previos al reclamo (quien está esperando la resolución de su litigio desde hace más de cuatro años, estaría resignando entonces parte de ese pago). 4.Esos retroactivos se pagarán 50% en forma inmediata y 50% en 12 cuotas trimestrales, que se irán ajustando según la movilidad previsional. 5.En el recálculo de haberes se va a aplicar el ingreso tope que rige en el sistema y que hoy es de $ 36.330 (la cifra volverá a cambiar en septiembre, por la ley de movilidad). 6.Cuando se cobren retroactivos, el impuesto a las Ganancias será calculado con el criterio de ingresos devengados, es decir, calculando si en cada momento en que el jubilado cobró menos de lo que correspondía, le hubiera tocado tributar si le hubieran abonado lo correcto. Esto determinará que no todos paguen. 7.Como no podrían empezar a cobrar todos los posibles beneficiarios a la vez, se dará prioridad a las personas mayores de 80 años "y a aquellas que padezcan una enfermedad terminal cuyo desarrollo o desenlace pueda frustrar la finalidad" de la ley. 8.Se prevé el uso de recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del sistema previsional para afrontar los pagos del programa de reparación. Se utilizarán las utilidades líquidas pero también podrían venderse activos. 9.Se crea un Consejo de Sustentabilidad Previsional para que elabore un proyecto de reforma jubilatoria integral, en un plazo de tres años. 10.Se establece una prestación universal para quienes tengan 65 años o más y no cuenten con los aportes necesarios para jubilarse. Será equivalente al 80% del haber mínimo (actualmente sería entonces de $ 3967) y será compatible con el trabajo asalariado o autónomo de quien la recibe, para que pueda procurar reunir los requisitos y obtener más tarde una jubilación regular. |