EL PROCURADOR ACEPTÓ LA CONSTITUCIONALIDAD EN LOS CASOS DE BOCONES Y BONTES La pesificación de los bonos en dólares de la deuda pública nacional fue declarada válida por el procurador general de la Nación, Esteban Righi, y ahora debe ser analizada por la Corte Suprema de Justicia.
Righi tuvo en cuenta la crisis económica que atravesaba el país en 2002, que el decreto que dispuso la pesificación de los títulos fue ratificado por el Congreso Nacional y que no hubo una violación del derecho de propiedad previsto en la Constitución Nacional.
En el fallo, el procurador afirmó que "las medidas que las autoridades competentes implementaron para conjurar la crisis encuentran amparo constitucional, desde que no aparecen desproporcionadas con relación al objetivo declarado de afrontar el estado emergencia que perseguían, ni aniquilan el derecho de propiedad".
También subrayó que el Congreso "tiene la facultad de arreglar el pago de la deuda interior y exterior" y convalidó las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo en ese momento a través del decreto 471/02.
El caso analizado es el de Hugo Galli y Silvia Attardi, quienes son tenedores de Bocon Previsional segunda serie, Bontes 2002 al 8,75 por ciento de interés; Bontes 2003 al 11,75 y Bontes 2004 al 11,25 en dólares, los cuales fueron pesificados a 1,40 más CER.
En primera y segunda instancia, la Justicia en lo Contencioso Administrativo federal había hecho lugar a la acción de amparo que habían presentado y ordenó al Estado que abonara "los servicios financieros y las amortizaciones en la moneda en que fueron emitidos porque las obligaciones habían sido modificadas compulsiva y unilateralmente".
Righi revocó el fallo de la Cámara del fuero (decisión que no es vinculante para la Corte) y remitió especialmente a un leading case (la causa Brunicardi), en la que la Corte Suprema declaró válido un decreto de 1986 que modificó la financiación de los bonos nominativos en dólares (Bonods).
El procurador recordó que en esa oportunidad la Corte dijo que había "una situación financiera de grave penuria con riesgo de incurrir en cesación de pagos externos y consiguientes aislamientos de la comunidad internacional" y que en este caso el panorama era "más grave" ya se había entrado en default.
Destacó que las medidas dictadas en 2002 "no se limitaron a convertir en pesos las obligaciones en dólares sino que se previeron mecanismos de compensación (entre ellos el CER) para atenuar la pérdida del valor que trajo aparejado el abandono de la convertibilidad". |