“El ingreso del segundo anticipo del impuesto sobre los bienes personales correspondiente al período fiscal 2016, con carácter excepcional, podrá ser efectuado hasta el día 25 de agosto de 2016, inclusive”, señala la Resolución General 3923 del ente recaudador, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Según los considerandos de la medida, resulta “conveniente” para que los contribuyentes puedan acceder al beneficio de la exención del tributo “y queden liberados del ingreso de dicho anticipo”.

