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Por
Martín Kanenguiser - La información que los contribuyentes encuentren en la
página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobre sus
bienes no declarados no condicionará la posibilidad de que accedan al beneficio
de "buenos cumplidores" contemplado en la ley de el blanqueo de
capitales.
Así lo expresaron
fuentes de la AFIP a LA NACION, al aclarar que los datos que aparecen en la
sección "Nuestra parte" surgen de bases de datos de otros organismos
y que forman parte de un "ejercicio que se irá perfeccionando".
"Es una evaluación de riesgo, pero no es vinculante",
explicaron.
Esta aclaración se debe
a que muchos contribuyentes constataron en esa sección de la página web del
organismo tributario que hay información que no coincide con la de sus
declaraciones juradas.
De hecho, en la página de la AFIP se aclara que "la intención de
mostrarte esta información no es generarte la obligación de hacer trámites ante
las agencias o distritos de la AFIP, sino que dispongas de todos los elementos
para que tomes la decisión adecuada frente al sinceramiento" fiscal.
La aclaración es
importante porque, desde la semana próxima, los contribuyentes pueden comenzar
a pedir el certificado de "buen cumplidor" para acceder al beneficio
contemplado en el régimen del blanqueo, a través de un mecanismo que todavía no
fue explicado.
Este consiste en
la exención del impuesto a los bienes personales por los períodos fiscales
2016, 2017 y 2018.
El requisito es haber
presentado las declaraciones juradas de 2014 y 2015, además de no haber
ingresado en el blanqueo previo ni en planes de facilidades de pago.
Si el cumplidor no paga
Bienes Personales, puede pedir la devolución de lo que le retuvieron por
Ganancias en el medio aguinaldo de julio. Según explicó la AFIP, desde este
lunes quedó a disposición de los contribuyentes "el servicio web denominado
Nuestra Parte, relacionado con el sinceramiento fiscal, a través del cual podés
consultar información que en la AFIP tenemos sobre tu situación".
La intención es que las
personas sepan a qué capítulo del sinceramiento deben recurrir: "La
exteriorización, en caso de que tengas bienes no declarados; la regularización,
en que caso de que tengas deudas, o el beneficio, en caso de que hayas cumplido
con todas tus obligaciones tributarias".
De inmediato, aclaran:
"Algunas consideraciones sobre la información que te mostramos en el
servicio Nuestra Parte -sinceramiento fiscal, para evitar confusiones":
-"Toda la
información que se exhibe son datos aportados a la AFIP por terceros, tales
como el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, escribanos, entidades
financieras, entre otros".
-"Activos no
declarados. Aquí se detallan únicamente los bienes que no aparecen en tu
declaración jurada, con las siguientes aclaraciones:
a. Cotitularidad: si el
bien pertenece a dos o más personas (ejemplo: cuenta bancaria conjunta de un
matrimonio), les aparecerá a todos los titulares, lo cual no significa que
todos ellos deban declararlo, sino únicamente a quien o quienes corresponda.
b. Autos: pueden figurar
automotores que a la fecha ya no tenés. Esto tal vez se deba a que en algún
momento no realizaste el trámite pertinente, como por ejemplo darlo de baja por
un siniestro o desguace, o transferirlo por cambio de titularidad o de
radicación. También puede ocurrir que aparezca un auto que ya tenés declarado,
porque hay errores de tipeo al escribir la patente en la declaración jurada.
c. Plazo fijo: debés
considerar que puede haber diferencias si el plazo fijo lo declaraste con la
parte de intereses que se acumularon hasta el 31 de diciembre de cada año o
no".
En paralelo, los bancos
trabajan en la apertura de las cuentas para que los contribuyentes interesados
comiencen a blanquear.
En tres bancos
consultados por LA NACION afirmaron que esas cuentas estarán disponibles entre
la semana próxima y la siguiente, luego del correspondiente ajuste de los
sistemas informáticos.
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