Hasta el 31 de diciembre, los contribuyentes porteños que tengan deudas con la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) dispondrán de la oportunidad de cancelarlas con reducción de intereses y evitando recargos, multas u otras sanciones que no se encuentren firmes. Es para todos los impuestos y contribuyentes. Según un comunicado, "en el caso de que la omisión de las obligaciones represente delito para la Ley Penal Tributaria, el acogimiento a este régimen excepcional evitará eventuales denuncias penales por parte de la AGIP o la suspensión de las acciones judiciales y la interrupción de los plazos, cualquiera sea la etapa del proceso, siempre y cuando no exista sentencia firme u homologación de acuerdo". La AGIP, bajo la tutela de Horacio Rodríguez Larreta, reglamentó y puso en marcha esta semana la moratoria prevista por la Ley N° 5.616, que abarca todas las obligaciones eludidas o en curso de discusión administrativa y/o judicial. La condonación de intereses prevé porcentajes vinculados con la antigüedad y el monto de la deuda. La cancelación podrá realizarse al contado, con una reducción extra del 15% en los intereses, o a través de la generación de un plan de financiación que establece un anticipo y una cantidad de cuotas con intereses, vinculados al tipo de contribuyente. Los planes se pueden hacer en hasta 90 cuotas.