Por Pablo Wende - Aunque el nuevo gravamen a la renta financiera generó fuerte polémica entre el Gobierno y la oposición, la media sanción que obtuvo el proyecto que modifica el Impuesto a las Ganancias contiene otras medidas muy polémicas. Una de ellas es la que ataca directamente al corazón del blanqueo en marcha: un impuesto especial para los "capitales improductivos", acotado en la versión definitiva a los "inmuebles improductivos".
La redacción del texto terminó siendo más atenuada que la redacción original que habían planteado los diputados del Frente Renovador y del Bloque Justicialista de Diego Bossio. En el primer borrador se establecía una alícuota de 1,5% anual por tres años, que ahora fue rebajada a la mitad: 0,75%. Y los activos sujetos al gravamen quedaron acotados a los inmuebles, por lo que por ejemplo cuentas del exterior quedan fuera del nuevo impuesto.
Los propios diputados que impulsaron la aprobación de este impuesto reconocen que la aplicación concreta y qué tipo de inmuebles quedarán afectados dependerá en buena medida de la reglamentación. Según se dispuso en el proyecto, quedan alcanzados los inmuebles que "no se exploten, arrienden o se afecten a actividades productivas, situados tanto en el país como en el exterior". Están comprendidos tanto aquellos que sean propiedad de individuos como de sociedades o personas jurídicas.
El gravamen, lógicamente, sería un adicional del Impuesto a los Bienes Personales. Esto significa que, en caso de quedar aprobado esta semana en el Senado, un inmueble quedaría sujeto a dos tipos de impuestos: Bienes Personales que se redujo a 0,75% y otro 0,75% por el nuevo impuesto a los "inmuebles improductivos", por lo que finalmente se volvería al 1,5% original que hasta el año pasado tenía Bienes Personales.
El problema es que la redacción dejó amplio margen para la interpretación. No está claro, por ejemplo, si una vivienda familiar debería pagar el 0,75%, ya que en realidad no se aplica a explotación alguna ni se alquila. ¿Y una casa de fin de semana? ¿Cuál sería la situación de propiedades en el exterior, que en algunos períodos se utilizan para pasar las vacaciones pero en otros momentos quedan deshabitados y en otros períodos se alquilan?
Una posibilidad concreta es que este capítulo directamente desaparezca y sea una suerte de prenda de cambio de los senadores para que se aprueben las modificaciones en Ganancias.
Pero más allá de lo que termine sucediendo puntualmente, representa un llamado de atención en medio del blanqueo, en el que entrarán miles de propiedades que los argentinos poseen en el exterior, en especial en destinos como Punta del Este y Miami. Está claro que el espíritu de los legisladores es ir sobre esas propiedades y aplicarles impuestos especiales. Y si finalmente no sucede en esta oportunidad (porque desaparece del texto o porque es vetado por el Presidente Mauricio Macri) ocurrirá en el futuro. El actual "sinceramiento fiscal" incluye inmuebles no declarados tanto en la Argentina como en el exterior. Hay tiempo hasta el 31 de marzo de 2017 para hacerlo y la alícuota es de 5% hasta ese plazo.
El proyecto también avanza sobre otro tema que había sido planteado en el ámbito legislativo en los últimos meses: la posibilidad de aplicarles un impuesto especial a inmuebles desocupados, que no sean ofertados para alquilar. Así, se supone, habría mayor oferta de departamentos y bajaría el precio. Pero de la teoría a la práctica las diferencias pueden resultar abismales.