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AFIP prorrogó la presentación de las deducciones y pagos a cuentas de Ganancias
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 29/12 - 08:59 El Cronista
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Por Dolores Olveira - La AFIP prorrogó hasta el 31 de marzo próximo el plazo para informar deducciones y pagos a cuenta del impuesto a las Ganancias correspondiente a este año, que se realiza a través de la página de Internet del organismo recaudador.

Por medio de una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial, el organismo que dirige Alberto Abad aclaró que a partir del ejercicio fiscal 2017, todas las declaraciones de deducciones deberán realizarse a través de un formulario electrónico.
Ese papel se encuentra en el "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig)-Trabajador", de la página de Internet de la AFIP, que permite la transferencia electrónica de los datos contenidos en el formulario de declaración jurada F. 572, según el texto oficial.

El organismo aclaró que para ingresar al servicio, los aludidos contribuyentes deberán previamente informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono particular, en esa página de Internet institucional.
También explicó que "con carácter de excepción y únicamente con relación al período fiscal 2016, la transferencia electrónica de los datos contenidos en el formulario de declaración jurada F. 572 Web podrá efectuarse hasta el 31 de marzo de 2017, inclusive, y el agente de retención realizará la correspondiente liquidación anual hasta el 30 de abril de 2017, inclusive".

Por otra parte, la AFIP anunció ayer el calendario impositivo para el año 2017. Entre las novedades más importantes se destaca que los vencimientos de Bienes Personales y Ganancias para personas operarán en el mes de junio y no comenzando en abril como es habitual.

La decisión apunta a facilitar el vencimiento de estos impuestos con la fecha de finalización del Sinceramiento Fiscal, que concluye el 31 de marzo de 2017, explicó el comunicado de prensa.

En junio coinciden las Ganancias de cuarta categoría, trabajadores en relación de dependencia, autónomos y jubilados y pensionados, con las de aquellas personas humanas que tienen acciones y participaciones societarias, tercera categoría, con plazos para presentar la declaración jurada del 12 al 16, según los CUITs. El ingreso del saldo deberá realizarse hasta el día hábil inmediato siguiente, inclusive, al de cada una de las fechas de vencimiento general que corresponda.

El Impuesto sobre los Bienes Personales para responsables domiciliados en el país y responsables sustitutos el vencimiento también es en junio los días 12 a 16 según el CUIT, junto con Ganancias, tanto para la cuarta categoría como para personas humanas que posean acciones y participaciones societarias.

El calendario impositivo se hará publicado a través de las resoluciones generales 3868 y 3869 que se publicarán hoy en el Boletín Oficial.

Además contempla los plazos en que vencen los impuestos como el IVA, Créditos y Débitos y Combustibles, entre otros.
Las presentaciones relacionadas con el IVA vencerán casi todas del 18 al 22 de cada mes, inclusive según el CUIT, salvo en febrero donde los vencimientos recaerán del 16 al 22 inclusive.
La fecha de pago del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) se mantiene de enero a diciembre con el plazo máximo hasta el 20 de cada mes inclusive.

Las recategorizaciones de los monotributistas de enero, mayo y septiembre, para todos los CUITs, vencerán también hasta el 20 de los respectivos meses.

Para las categorías más altas, la declaración jurada informativa del Monotributo vencerá en enero los días 24, 25 26, 27 y 30 inclusive, según el CUIT; en mayo, el 24, 26, 29, 30 y 31, y en septiembre del 25 al 29 inclusive, según el CUIT.
La presentación de declaración jurada por actividades no incluidas en el Régimen Simplificado se producirá en junio del 12 al 16 inclusive.

El plan de pagos "Mis facilidades" vencerá el 16 de cada mes y el segundo intento de débito el 26 de cada mes.

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