Frente al cierre del sinceramiento fiscal la AFIP recordó las últimas alternativas que existen para sustituir el pago del impuesto especial del 15% sobre lo exteriorizado. Una posibilidad, que vence mañana, es la suscripción de Fondos Comunes de Inversión Cerrados. Otra opción disponible hasta el 31 de marzo es la suscripción del Bonar 2023.
En el caso de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados, los contribuyentes deben tener en cuenta los siguientes pasos:
• Ordenar la suscripción al agente correspondiente, en el país o desde el exterior.
• La Caja de Valores informará a la AFIP dichas suscripciones una vez cerrado el FCI.
• La declaración estará en condiciones de presentarse, una vez que la AFIP cuente con la información de dicha suscripción.
• Si al 11 de marzo el FCI no se consolidó como cerrado, el contribuyente deberá cancelar el impuesto especial mediante transferencia bancaria nacional o internacional o entrega de Bonar o Global 2017. En forma alternativa podrá suscribir Bonar 2023.
Respecto al Bonar 2023 se deberá suscribir el equivalente a un tercio de las tenencias exteriorizadas.
Con relación a los inmuebles a nombre de sociedades en el país, también existe la posibilidad de que un socio pueda sincerar a su nombre un inmueble que se encuentra declarado por una sociedad de la que forma parte. Esto implica que las personas con participación en una sociedad radicada en el país podrán sincerar como propios los bienes que se encuentran a nombre de esa sociedad, aun cuando tenga declarado la participación accionaria, según lo establece el artículo 38 de la Ley 27.260.
Además, los contribuyentes con deudas aduaneras provenientes de tributos impagos o infracciones, pueden realizar un "autocálculo" de cuál es el monto a ingresar a la moratoria. De este modo, la AFIP simplifica el trámite administrativo para que puedan sumarse a la moratoria con mayor facilidad. Asimismo, la AFIP puede realizar algún ajuste posterior si así lo considerara sólo por la diferencia con lo "autocalculado".