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Mediante una nueva normativa, el directorio
del Banco Central dispuso en estos días simplificar la regulación cambiaria con
un nuevo "manual de normas" para el mercado. El objetivo de los
funcionarios fue simplificar la operatoria y unificar en un texto ordenado
todas las decisiones que se fueron tomando desde la liberación del cepo cambiario
hasta hoy.
En cada aparición pública, el presidente del Banco Central, Federico
Sturzenegger, aclara que avanza en la normalización del mercado y la
eliminación de los últimos resabios de las restricciones cambiarias que
afectaron a la economía durante los años de kirchnerismo.
Simultáneamente, el organismo determinó algunas modificaciones en la política
de crédito. Vale aclarar que las prefinanciaciones para exportadores están
incluidas dentro de los conceptos que contemplan la liquidación de divisas en el
mercado cambiario. De acuerdo con la nueva regulación, incluida en la
comunicación "A 6244", los bancos no podrán tener "títulos
valores públicos y privados del exterior, incluidos los títulos de deuda o
participaciones correspondientes a carteras de activos entre los que se cuenten
títulos valores del exterior, como tampoco de certificados de depósito
argentinos (CEDEAR)", excepto cuando se trate de "inversiones en
títulos públicos externos emitidos por países miembros de la OCDE cuya deuda soberana
cuente con una calificación internacional no inferior a 'AA'".
Entre las principales novedades que se introdujeron en materia cambiaria, el
Central determinó eliminar el boleto de cambio para operaciones mayoristas e
incorporar la acreditación directa para transferencias desde el exterior.
El boleto de cambio es documentación que la compañía tenía que mostrar para
hacer operaciones. Esto complicaba a las compañías, que debían comprar divisas
en la entidad que les diera las mejores condiciones. La norma, publicada esta
semana, incorporó también la opción de acreditar directamente para
transferencias desde el exterior y saltear el paso operativo por el que el
banco, antes de acreditar la transferencia, debía consultar con el cliente en
qué cuenta (pesos o dólares) debía asentar el depósito.
Además, elimina trámites para la "exportación de pesos", apuntando
sobre todo al movimiento cambiario con los países limítrofes. Y, por último,
volvió a habilitar la normativa que establece que el Banco Central publique en
su página la cotización minorista del dólar de agencias y bancos de la Ciudad
de Buenos Aires (actualmente publica los datos de pizarra y electrónicos de 12
entidades con "cortes" a las 11, a las 13 y a las 15).
La comunicación es un compendio que reúne las normas que fue dictando el Banco
Central desde diciembre de 2015. Entre ellas, la que estableció que las
entidades financieras y cambiarias podrán determinar libremente el nivel y uso
de su posición general de cambios (no qué proporción tienen en moneda extranjera
-eso se mantiene en el 30%- sino en qué tipos de activos y en dónde pueden
tenerlos) o que las entidades financieras y cambiarias podrán operar sin límite
de horario en la realización de operaciones.
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