|
Por Dolores Olveira - Una fuente de la AFIP confirmó que
aquellos que ingresaron al blanqueo deben presentar una declaración de Bienes
Personales incluyendo todos los activos que sinceraron, aunque no estén
inscriptos en el impuesto ni lleguen al mínimo no imponible del ejercicio 2016.
En el caso de que al año siguiente, o sea en el ejercicio
2017, esos ciudadanos mantengan su condición de no contribuyentes, podrán darse
de baja del Impuesto sobre los Bienes Personales en 2018, precisó la fuente.
Por otra parte, todos los que ingresaron al blanqueo y
queden inscriptos en el impuesto deberán presentar la declaración de Bienes
Personales vía web obligatoriamente de ahora en adelante.
El blanqueo de capitales alcanzó una marca total de u$s
116.800 millones, de los cuales u$s 900 millones fueron inversiones
exteriorizadas en el país. El total de la valuación declarada en inmuebles
sincerados fue de u$s 21.500 millones.
Pero esta noticia afecta seguramente más a quienes
blanquearon efectivo en el país, lo que se conoce como "el dinero en el
colchón". Fueron 108.623 ciudadanos que blanquearon u$s 7185 millones.
Esto es un promedio de u$s 66.100 por persona, algo bastante cercano a los u$s
57.000 que al cambio de octubre pasado equivalen a $ 800.000 aproximadamente.
Federico Costantino, de Auren, y Marcelo D. Rodríguez, de MR
Consultores, coincidieron en que este criterio oficial sobre la obligación de
presentarse el impuesto para quienes blanquearon aunque no estén inscriptos
"no surge de ninguna norma escrita y, en especial, de la Ley de Bienes
Personales". De todos modos, seguramente la AFIP saldrá a aclararlo
formalmente en las próximas horas.
La página de la AFIP indica en "clave del día":
"Si ingresaste al Sinceramiento Fiscal y presentaste la declaración jurada
de Bienes Personales del período fiscal 2016 con el aplicativo "Ganancias
y Bienes Personales V.17" deberás hacerlo nuevamente mediante el servicio
con clave fiscal "Bienes Personales Web"".
Y al ingresar a "más información", bajo el título
"¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones
juradas?", se encuentra un gráfico con flechas que lleva a que "el
que sinceró" y "está inscripto en el impuesto" debe realizar una
"presentación web", pero no dice nada en el caso de que no esté
inscripto en el impuesto.
Una pista la da una respuesta al ABC de preguntas frecuentes
en la que la AFIP confirmó que aquellos contribuyentes que se presentaron como
"cumplidores" para quedar exentos del Impuesto de los Bienes
Personales por tres períodos fiscales:
-"Deberán realizar la presentación de la declaración
jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales pudiendo para ello, optar por
el servicio con clave fiscal "Bienes personales web" o por el
aplicativo "Ganancias Personas Físicas - Bienes Personales". En ambos
casos, se deberá exteriorizar el impuesto determinado con el fin de neutralizar
el efecto del mismo como consecuencia del beneficio solicitado".
|