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Por decreto, el Gobierno nacional decidió eximir del impuesto al cheque a
las transferencias de fondos
electrónicas.
La decisión se dio a conocer a través del decreto 485/2017 publicado este
viernes en el Boletín Oficial.
En los considerandos de la norma se establece que
"resulta pertinente disponer la exención del tributo para los movimientos de fondosrealizados en cuentas y/o subcuentas
utilizadas en forma exclusiva en la administración y operatoria de
transferencias que se cursen a través de dispositivos de comunicación móviles
y/o cualquier otro soporte
electrónico".
Asimismo, se destaca que el Banco Central "tiene
como objetivo prioritarioel
desarrollo de la tecnología y mejoras en los procesos utilizados en el marco
del perfeccionamiento de nuevos
medios electrónicos de pago".
"Dicho objetivo se enmarca en las medidas de promoción de la
inclusión financiera, el fomento de la bancarización,
la eliminación de las barreras de acceso de la población a los servicios
financieros y la reducción del uso del dinero en efectivo en pos del dinero electrónico", agrega la
norma.
La modalidad de pago en cuestión funciona cursando pagos de persona a persona,
perfeccionándose la transferencia de fondos por medio de las cuentas de los
proveedores de sistemas o mecanismos de pago.
Impuesto al cheque
"Vamos a plantear una reforma
tributaria gradual, tenemos que bajar el déficit y bajar impuestos,
algunos impuestos que nos nos gustan nada se bajarán de modo gradual. Lo bueno
es que del año uno vamos a ver cómo se van a eliminando impuestos, pretende ser integral, comprensiva
pero de aplicación gradual". Con estas palabras, el ministro de Hacienda,
Nicolás Dujovne, comenzó a dar una pista de cómo será la eliminación de los
gravámenes distorsivos, en particular, del más nocivo: el impuesto al cheque.
"Los ritmos en los que decidimos movernos son los
adecuados y son los que nos dan sustentabilidad para nuestras reformas. No
podemos dejarnos llevar por la ansiedad de las reformas, nuestro norte es una
economía integrada al mundo, nuestro programa fiscal y monetario es que el déficit vaya bajando.
Vamos repartiendo dos necesidades: bajar el déficit y bajar impuestos", agregó
Dujovne.
iProfesional tuvo acceso a un detallado "paper"
en donde se describe en qué consiste y cuáles serán las etapas de la eliminación del Impuesto sobre
los Débitos y Créditos Bancarios.
Adiós al impuesto al cheque
El documento al que accedió este medio se apoya en una amplia propuesta a fin de implementar la eliminación paulatina del impuesto al cheque.
"El Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios fue
introducido con carácter transitorio en el contexto de una profunda crisis
fiscal, con el objetivo expreso de proporcionarle al fisco un instrumento recaudatorio eficaz, de
bajo costo de administración tributaria y de rápidos resultados", se
señala en el inicio del documento.
"Sin embargo es un tributo que provoca una gran distorsión en los precios
relativos haciéndolo aún más ineficiente que por ejemplo el Impuesto a los
Ingresos Brutos", agrega la propuesta.
Como otra inequidad, se destaca que el "tributo está
sujeto a un régimen especial
de coparticipación que
implica que la mayor parte de
su producido (cerca
del 80%) sea apropiado directamente
por la Nación".
"Esta situación ha provocado que recurrentemente
las provincias hayan solicitado la modificación en su mecanismo de
distribución", agrega el documento.
Asimismo, teniendo en cuenta la importancia recaudatoria
actual del tributo, el documento advierte que
"se hace inviable su eliminación inmediata y
obliga a que la misma sea planteada
en etapas para que pueda ser reemplazada por ingresos provenientes
de otras fuentes o por una reducción en
el ritmo de crecimiento del gasto
público".
Cómo eliminarlo
Puntualmente, el "paper" propone los siguientes lineamientos de una
propuesta de eliminación paulatina del
impuesto:
- Aumentar gradualmente el porcentaje total del impuesto que puede ser computado como pago a cuenta de otros tributos.
"Lo que se propone es incrementar paulatinamente en
un lapso de cinco años el
porcentaje que puede ser computado como pago a cuenta, que en la actualidad es
de aproximadamente el 34%", señala el informe.
- Permitir su cómputo contra
el IVA, además del Impuesto
a las Ganancias y
Ganancia Mínima Presunta.
- Establecer que el aumento en el porcentaje que puede ser
computado como pago a cuenta,
esté sujeto a incrementos en los montos nominales anuales de IVA e Impuesto a las Ganancias declarados por cada
contribuyente.
"De esta manera los mayores pagos a cuenta no podrán
significarle al fisco reducción en los ingresos impositivos nominales previos a la implementación de
la reforma propuesta", puntualiza el documento.
- Modificar la
forma de coparticipación del impuesto para asimilarla a la
vigente para el IVA, o bien considerar la parte computable como pago a cuenta
como recaudación de IVA o Ganancias según corresponda, y coparticiparla según
los coeficientes correspondientes
a estos impuestos.
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