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Por Mara Laudonia - La saga del impuesto extraordinario de 15% a las ganancias de las
operaciones financieras de dólar futuro sumó un capítulo más:
después de vencido el plazo establecido para presentar ante la AFIP el pago de
dicho impuesto (28 de junio), algunos de los contribuyentes obligados a tributar decidieron avanzar con la
presentación de acciones judiciales
en contra de un impuesto que consideran confiscatorio, revelaron fuentes especializadas del sector.
La primera observación que realizan los
privados es que la reglamentación reciente
del impuesto extraordinario al dólar futuro (Resolución General 4078) contradice la Ley 27.346 sancionada en
diciembre de 2016 que originó dicha norma, explica el titular del Consejo de
Ciencias Económicas, Humberto Bertazza.
"Lejos de ayudar en la liquidación del impuesto especial
que recayó sobre los contratos de dólar futuro, terminó generando serios problemas al momento de la
liquidación", sostuvo.
La RG 4078 apareció el 14 de
junio estableciendo un plazo para
pagar el impuesto especial hasta el 28 de junio, al tiempo que "fijó
un criteriodistinto al
de la ley, ya que la resolución alcanza a los contratos realizados en el 2015 y
el 2016, mientras que desde nuestro punto de vista la ley sólo gravaba el período 2016", se explayó el directivo,
quien reconoció que por esta diferencia de criterio existen casos próximos a
presentarse a la Justicia.
Por su parte, Diego Fernández,
gerente General del Rofex (mercado de futuros de dólar de Rosario) coincidió
con que "desde el sector privadocomenzaron
a iniciarse procesos legales en contra de
la reglamentación" y
agregó: "Se iniciarán también las acciones judiciales producto de
las inconsistencias o
errores en el aplicativo proporcionado
para cargar el pago del impuesto".
A modo de ejemplo, explicó que
"el aplicativo sólo toma el cómputo de
las operaciones realizadas con Ganancias,
no resta las operaciones en donde hubo pérdidas, con lo cual el impuesto de 15% computado sólo a las ganancias hace que el pago total resulte
mucho mayor y por lo tanto confiscatorio, porque supera con creces el 50% de la base imponible", entre otros problemas encontrados.
El abogado especializado en
impuestos Nicolás Malumián reconoció que está ultimando presentaciones para realizar ante
la AFIP y ante la Justicia de
parte de "clientes particulares que filmaron ante la presencia de escribano que el aplicativo no funcionaba correctamente,".
Además, agregó que algunos
demandantes "pedirán por la nulidad del
impuesto; otros, que directamente optaron por no pagar el tributo, iniciarán
una cautelar para no
abonar hasta tanto se solucione la diferencia; y otros, que prefirieron abonar,
realizarán una medida de repetición para recuperarlo que consideran que pagaron
de más", según el criterio considerado en la ley.
Consultados desde la AFIP, en tanto, desconocieron la existencia
de reclamos de
particulares por fallas en el aplicativo.
Sí eran públicamente conocidas
las posiciones del sector que sostienen la confiscatoriedad de la norma, pero desde la sanción de la ley
y hasta el momento no se habían presentado casos ante la Justicia.
Es que, más allá de las
diferencias encontradas entre la ley y la reglamentación, algunos letrados
consideran que la ley en
sí misma "resulta ya confiscatoria,
pues las operaciones con derivados están alcanzadas por Ganancias, al 35%, a lo que debe agregarse el nuevo
impuesto del 15%,
totalizando un 50% de
impuesto", agrega Malumián, en coincidencia con el resto de los
consultados.
El punto es que los
privados esperaron hasta
la aparición de la mencionada resolución para
observar cómo finalmente se aplicaba dicha
norma, tras lo que resolvieron iniciar acciones legales que se materializarán en los próximos días, según prometen desde el sector.
El impuesto extraordinario
de 15% a las ganancias por
operaciones de dólar futuro por única vez fue una propuesta originada desde
el massismo, que logró
llegar al recinto y ser sancionada en diciembre de 2016 , al calor de las negociaciones entre el Ejecutivo
y la oposición por la rebaja de Gananciasa los trabajadores.
Los cálculos del momento dieron
que el Banco Central había
perdido cerca de $54.000 millones por contratos de dólar futuro realizados durante el kirchnerismo con privados que apostaron por una devaluación, previo a las elecciones
del 2015, y que finalmente se produjo con el recambio de Gobierno tras la salida del cepo cambiario, a fines de ese
mismo año.
La magnitud de la pérdida llevó al plano judicial y
político el tratamiento del tema, que se tradujo en la mencionada Ley 27436, aprobada en diciembre de
2016, y en la apertura de causas judiciales
efectuadas por el kirchnerismo a
miembros del actual Gobierno.
Por último, esta saga tiene un
ribete adicional: Santa Fe,
Córdoba y Buenos Aires se mostraron públicamente dispuestas a aplicar el impuesto de Ingresos Brutos a la operaciones de dólar futuro, "de
manera permanentey no por
única vez", lo cual generó un malhumor en
el sector que teme ahora que queden alcanzados otro tipo de contratos de futuros, como el
de commodities.
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