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Los bancos podrán aceptar declaraciones de impuestos pero no deberán exigirlas
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 06/09 - 08:53 El Cronista
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Por Dolores Olveira - El Banco Central de la República Argentina (BCRA) liberó a las entidades financieras de requerir declaraciones juradas de impuestos a los clientes para cumplir con la debida diligencia y fue más allá, dado que les prohibió pedirlas, bajo amenaza de penalidades por violación de secretos. Sin embargo, admitió la presentación voluntaria por parte del contribuyente, dejando constancia expresa de que la decisión fue libre y no a requirimiento.

Con la Comunicación B 11587, dictada ayer, el BCRA indicó a los bancos que no resulta indispensable tomar en cuenta el aspecto tributario de los clientes, así como tampoco requerir de los mismos la presentación de declaraciones juradas impositivas, para cumplir con la debida diligencia, determinar un nivel de riesgo o confeccionar su perfil transaccional.

En tal orden, las entidades no deben exigir a sus clientes la presentación de los mencionados documentos fiscales, so pena de incurrir en las penalidades correspondientes a la violación de secretos, agrega la Comunicación del BCRA.

Sin embargo, concluye la norma, de acuerdo con la consulta efectuada a la AFIP, los clientes podrán efectuar la presentación en forma voluntaria ante la entidad de tales declaraciones juradas de impuestos nacionales, en tanto manifiesten expresamente que su entrega es efectuada por propia voluntad, ajena a todo requerimiento de la entidad interviniente, y se adopten todos los recaudos necesarios a los fines de evitar la eventual difusión de la información que, aun aportada voluntariamente por su titular, no pierde su carácter de confidencial.

Un socio del sector Finanzas de una de las Big Four felicitó el hecho de que se libere a los bancos de pedir las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, pero dijo que esta admisibilidad de la presentación voluntaria de las declaraciones juradas tiene sentido, ya que ante un depósito muy grande y excepcional, esta decisión puede impedir una denuncia ante la UIF y también puede respaldar en 15 segundos el pedido de un límite alto de gasto en tarjeta de crédito, sin necesidad de pedir un certificado de ingresos, para lo que hay que contratar a un contador.

La fuente consultada añadió que los bancos van a tener que cubrirse con una nota estandarizada al aceptar declaraciones juradas de impuestos, para que no se les pueda reprochar haber exigido su presentación.
Ese especialista consideró, sin embargo, que el cambio frecuente de oficiales de cuenta para un mismo cliente, entre otras cosas, hacen prácticamente imposible que se cumpla con la obligación que marca la norma a los bancos de cuidar la confidencialidad de la información tributaria que recibe.

Por su parte, Diego Fraga, de RCTZZ Abogados, indicó que esta no exigencia de que los bancos pidan las declaraciones juradas está en línea con la normativa vigente, ya que el secreto fiscal protege a todas las declaraciones ante la AFIP.

Los bancos suelen requerir, para evaluar el riesgo crediticio y aspectos vinculados con el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, la presentación de declaraciones juradas ante la AFIP, dijo Fraga, y añadió que esto atemorizó a quienes sinceraron capitales importantes, puesto que no les interesaba compartirlo con los empleados del banco cuando pedían un préstamo o que les aumenten el monto autorizado de la tarjeta de crédito.

La AFIP dictó en noviembre de 2016 una resolución 3952 aclarando que se trataba de información protegida por el secreto fiscal, cuya vulneración acarrea la aplicación de sanciones penales, y que los bancos tenían prohibido exigirla.

Pero el secreto fiscal es un derecho renunciable por parte del titular de los datos, según un gran número de dictámenes y jurisprudencia que afirman que si el titular consiente la entrega, no existe una violación al secreto fiscal, enfatizó Fraga.

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