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| Sólo 10% cambia de categoría entre los monotributistas |
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| Texto informativo:
19/09 - 08:38 Ambito Financiero |
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Jorge Velázquez - La cuenta regresiva para los cambios en el Monotributo tendrá mañana un primer hito:
vencerá el plazo para la recategorización anual obligatoria. Hasta anoche,
sobre un total de casi 3 millones de inscriptos, habían ingresado a la página
de la AFIP por este trámite 791.000 contribuyentes, de los cuales sólo 252.000
cambió de categoría, algo menos del 10% del total. Los restantes 539.000 ratificaron
su categoría actual, según averiguó Ámbito Financiero.
El vencimiento de mañana incluye a todas las categorías para el caso de quienes
deben cambiar de franja. En cambio, es sólo para las categorías de la F a la K
para quienes ratifiquen su inscripción.
Los monotributistas comenzaron a recibir en las últimas semanas correos
electrónicos de la AFIP recordándoles el calendario. Pero también para
demostrarles cuál es la información que tiene el organismo sobre los consumos
registrados mediante tarjetas de crédito. Allí -dentro del micrositio
Monotributo/Mi categoría- figura además la cifra facturada por el
contribuyente. Del contraste entre ambas cifras -gastos e ingresos- surgen los
posibles desvíos que la AFIP tomará en cuenta para recategorizar de oficio a
quien no lo haga voluntariamente en caso de que haya inconsistencias.
Los que quedarán más expuestos a la lupa de los recaudadores serán los llamados
"monotributistas puros". Estos son aquellos que sólo aportan en el
régimen simplificado y no figuran a la vez como trabajadores en relación de
dependencia.
Sobre esta franja recaerá el cruce de datos para detectar si el desvío se
transforma en una inconsistencia formal y que podría determinar el bloqueo de
la cuenta. De todos modos, el monotributista afectado contará con un plazo de
15 días para justificar su situación y evitar sanciones.
Por el momento, quienes vean que la AFIP tiene sus datos sobre consumos con
tarjeta de crédito no significa que entren automáticamente en infracción. La
información pretende ser solamente "inductiva" para que el
monotributista sepa en qué situación encuadra. Se trata de los llamados
"desvíos no bloqueantes", que también incluyen la existencia de
talonarios de facturas no autorizados, falta de domicilio fiscal electrónico.
En cambio, puede ser "bloqueante" de la inscripción haber incluido un
código de actividad erróneo. Por ejemplo, dedicarse a la venta de bienes cuando
se encuentra en una actividad de prestación de servicios.
De todos modos, el solo dato del consumo con tarjeta de crédito no indica
inconsistencia. Esto se debe a que la AFIP tiene información sobre el monto
global consumido con tarjeta que le informan los bancos y los emisores de los
plásticos. Pero no cuenta con información detallada sobre qué consumos se
pagaron con la tarjeta. Así, puede suceder que alguien sea titular de una
tarjeta y de adicionales que son pagadas por familiares con ingresos propios.
Esto puede ser un descargo a la hora de justificar algún desfase entre gastos y
facturación.
La AFIP también maneja información sobre comprobantes electrónicos generados
por compras que el contribuyente realizó a través de internet. Desde una
entrada de cine a la compra de un electrodoméstico, se genera automáticamente
una factura electrónica que también es detectada por el organismo recaudador.
Pero lo que puede suceder es que el importe de ese comprobante esté dentro del
gasto global de la tarjeta y quede duplicado su cómputo.
El calendario para la recategorización anual obligatoria continuará en octubre.
Entre el 1 y el 20 del mes próximo regirá el plazo para que los que revistan en
las categorías D y E confirmen su categoría. Entre los mismos días de noviembre
podrán hacer el trámite las categorías B y C. Y por último, entre el 1 y el 20
de diciembre será el turno para que los inscriptos en la categoría A ratifiquen
su condición. Pero mañana vence el plazo para cambiar de categoría para todos
los inscriptos, sean de la categoría que sea.
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