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Por Silvia Stana - La
Corte Suprema tiene en sus manos la decisión de un tema fundamental en el caso
de los aumentos de haberes jubilatorios que son ordenados por sentencias
judiciales. Se trata de definir qué índice se utilizará para esa actualización.
En julio, la Anses
había comenzado a presentar recursos extraordinarios ante la justicia
previsional para que se la habilitara a pedirle a la Corte un aval a los
índices con los que se hace el recálculo de los ingresos en el plan de
reparación histórica. La Sala II de la Cámara de la Seguridad Social concedió
el recurso extraordinario y el tema ya está en el tribunal supremo.
Fallos de esa misma
sala, con la firma de los jueces Luis Herrero y Nora Dorado, habían rechazado
los pedidos del Gobierno de que, en las sentencias favorables a los jubilados,
se reemplazara el índice de actualización utilizado hasta ahora por el que la
ley dispuso para la reparación histórica, un plan en el cual la Anses hace
propuestas de pago que se pueden aceptar o rechazar (esto último si se quiere
iniciar un juicio o seguir con uno en trámite).
En la gran mayoría
de los casos, los jubilados consiguen aumentos mayores con el índice usado por
la Justicia. Así, en caso de fallar en forma diferente de los camaristas, la
Corte podría resolver que muchos haberes aumenten menos en comparación con lo
que venía estableciendo la Justicia. Más allá de ese eventual efecto, una
consecuencia directa de estas apelaciones del Gobierno es una mayor demora en
los juicios, ya que llegan a la Corte causas que antes ya no eran derivadas a
esa instancia.
La causa por la que
se habilitó el recurso extraordinario es la del jubilado Carmelo Di Mario, pero
en los próximos días irán otros expedientes.
La causa del
conflicto está en que, para calcular los haberes, se considera el promedio de
las últimas 120 remuneraciones. Y los números requieren una actualización,
sobre todo en un contexto inflacionario. La legislación previó, para calcular
los haberes según la reparación histórica, el uso de dos índices: para los
salarios previos a abril de 1995 el índice de nivel general de remuneraciones
(INGR) y para los sueldos posteriores, la remuneración promedio imponible de
los trabajadores estables (Ripte).
Las sentencias
judiciales, en cambio, disponen ajustar según la evolución del índice de
salarios básicos de la industria y la construcción (Isbic), que según la Anses
genera "distorsión e inequidad".
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