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Jueguen - Son
tiempos en los que, ante la inminencia de un buen resultado electoral del
oficialismo, todos los poderes del Estado comienzan a trabajar extrañamente
sincronizados. La Justicia no sólo avanza en las causas de corrupción que
más preocupan a ex funcionarios kirchneristas o a algunos
sindicalistas, sino también se apresura a darle un sostén jurídico a una de las
promesas que el Ejecutivo explicitó apenas asumió: bajar costos laborales de las empresas sin tocar los
sueldos de los trabajadores.
Una de las
variables que impulsan ese costo, denunciada por todo el sector empresarial
local, es la litigiosidad y los elevados costos que cobran en sus primas las
ART. Para cambiar esto el Gobierno aprobó en febrero un nuevo sistema de
riesgos del trabajo, que viene acumulando en los últimos meses varios fallos de
instancias superiores de la Justicia que avalan su aplicación, por ahora
reducido a la ciudad autónoma de Buenos Aires y a Córdoba (la provincia y
Mendoza avanzan en sus legislaturas en la adhesión; Santa Fe está todavía lejos
de avalarla).
Ayer la Corte
Suprema volvió a ratificar el funcionamiento del nuevo régimen. El máximo
tribunal confirmó que los jueces laborales no pueden incrementar
injustificadamente el importe de la indemnización por accidente de trabajo y
revocó de esta manera un fallo anterior (Carabajal) de la Cámara Nacional de
Apelaciones del Trabajo. En ese caso, la madre de un trabajador fallecido en un
accidente laboral, ocurrido en 2005, le reclamó a la ART de la empresa en la que
trabajaba su hijo la indemnización tarifada de la ley de riesgos del trabajo.
El juez de primera instancia admitió ese reclamo y condenó a la ART a pagar $
786.320,57. Para determinar este importe el juez no tuvo en cuenta las tarifas
legales. La Cámara confirmó esa decisión.
La Corte revocó lo
resuelto y señaló que la Cámara no dio un "tratamiento adecuado a los
agravios de la aseguradora debido a una incorrecta lectura del fallo sometido a
revisión", ya que los camaristas sostuvieron que correspondía confirmar el
monto de "la acción civil ejercida por la actora" cuando el reclamo
admitido por el juez de primera instancia estaba fundado en la ley de riesgos
del trabajo.
En otro caso (fallo
Núñez) resuelto ayer, la Corte se abstuvo de pronunciarse sobre la
constitucionalidad de la ley 26.773 (nuevo régimen de ART). En ese sentido,
algunos creen que la ratificó. En este fallo, también dividido, la Corte
"buscó ordenar", según fuentes allegadas, qué se tramita en el fuero
civil y qué en el laboral.ß
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