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En el
capítulo de la reforma tributaria destinado a la seguridad social, se van
igualando paulatinamente las contribuciones patronales de las pequeñas y
grandes empresas en una alícuota de 19,5%, porcentaje al que se llegará en
2022.
Hoy
las empresas más pequeñas y las industriales y agropecuarias tributan 17%
mientras que las compañías grandes y las de comercio y servicios lo hacen al
21%.
José
Luis Sirena, de la consultora del mismo nombre, criticó que no se impongan
cargas según la capacidad contributiva de las empresas.
De
todos modos, las empresas pequeñas que ya gozan de la rebaja al 17%, se les
mantendrá, pero el beneficio no regirá para las nuevas que se constituyan a
partir de la vigencia de la reforma impositiva.
Una
parte de la remuneración va a ser no imponible para todas las empresas, en
concreto, los primeros $ 12.000 del salario del trabajador, a partir del 1 de
enero próximo. Desde 2019, esa base no imponible se actualizará por el Indice
de Precios al Consumidor (IPC), puntualizó Sirena. Ese MNI no va a estar sujeto
a cotizaciones independientemente de la modalidad de contratación.
En el
caso del aguinaldo, se reduce la base no imponible en un 50%, o sea que el
mínimo será de $ 6000. El artículo incluye en este criterio las vacaciones no
gozadas, pero Sirena señaló que es un error porque se trata de un concepto no
remunerativo sobre el que no se pagan contribuciones patronales. Si se extingue
el vínculo laboral, se tomará la parte proporcional del aguinaldo.
El
proyecto faculta al Poder Ejecutivo a determinar con qué criterios va a
redistribuir el 19,5%, entre la ANSeS, el PAMI, el seguro de desempleo y las
asignaciones familiares.
En
cuanto a los mínimos y máximos para que los aportes y contribuciones, el articulado
fiija un piso de $ 2520,60. O sea, que si el sueldo es de $ 14.000, de todos
modos se van a tener que pagar aportes y contribuciones no por $ 2000, lo que
supera el mínimo no imponible de $ 12.000, sino por $ 2520,60 para que se lo
considere tiempo de servicio del trabajador.
En
cuanto al techo a aportes y contribuciones, gradualmente se va a desafectar el
actual tope del aporte del trabajador hasta que pague el 11% sobre el sueldo
completo en lo que va a la ANSeS. El máximo de $ 81.918,55 se seguirá aplicando
para los aportes a la obra social sindical y al PAMI. Las contribuciones
patronales ya están liberadas.
Un
anexo al que hace referencia la ley incluye alícuotas de IVA por zonas, que
tienen que desaparecer en 2022.
Las
microempresas con facturación de hasta $ 2,4 millones y con hasta 5
trabajadores, beneficiadas por la Ley de Promoción del Empleo, siguen con una
del 50% de las contribuciones patronales hasta enero de 2022.
Las
empresas de hasta 80 trabajadores que tomen un nuevo empleado hasta la vigencia
de la ley gozarán de la rebaja por 2 años que otorga esa ley, hasta terminar
esos dos años. Luego queda derogada.
También
seguirá sólo para las anteriores el beneficio de alícuota reducida de
Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART) para las microempresas de hasta 5
empleados, pero se derogará para el futuro.
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