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Por Martín
Kanenguiser - Desde hoy los contribuyentes argentinos con cuentas financieras y
bienes no declarados en los Estados Unidos deberán comenzar a preocuparse. Es
que entra en vigor el acuerdo de intercambio de información tributaria entre
los Estados Unidos y la Argentina, que abarca a bancos, financieras y
sociedades.
La información que
se intercambiará a requerimiento y espontánea con este acuerdo es la que está
en poder de bancos, otras instituciones financieras y otros agentes o
fiduciarios; sobre la titularidad de compañías (también en el caso de que haya
varios "eslabones" de compañías), fideicomisos (respecto de todos los
participantes, fiduciantes, fiduciarios y beneficiarios) y fundaciones (datos
sobre los fundadores, miembros del comité ejecutivo y beneficiarios). Se
excluye información sobre compañías que cotizan en Bolsa.
Así lo indicaron a LA
NACION fuentes de ambos gobiernos, que precisaron que el tratado le
permitirá a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) acceder a la
información no declarada que esté en manos del Internal Revenue Service (IRS),
y viceversa.
Aunque el acuerdo
entra en vigor ahora, rige a partir del período 2018 y la AFIP podrá pedir
información a partir de 2019. El acuerdo se negoció entre el gobierno argentino
-a través de la AFIP, que dirige Alberto Abad, y el entonces Ministerio de
Economía que conducía Alfonso Prat-Gay- y la administración demócrata de Barack
Obama, pero el gobierno de Donald Trump ratificó su intención de concretarlo.
Muchos analistas financieros locales habían manifestado su escepticismo sobre
la voluntad de la administración republicana en este sentido.
El pedido de
información no necesitará de la intervención judicial y también contempla que
si uno de los dos fiscos encuentra información relevante para el otro, lo puede
mandar en forma espontánea.
Mientras tanto, se
sigue negociando para una etapa posterior la posibilidad de que el intercambio
sea en forma automática. Al respecto, el IRS está chequeando cuestiones básicas
de seguridad informática de la AFIP, en el marco de la ley Foreign Account Tax
Compliance Act (Fatca), dictada por el Congreso norteamericano.
Los tributaristas
Diego Fraga, Iván Sasovsky y César Litvin destacaron a LA NACIONla
importancia de este acuerdo, y advirtieron que cerrará el cerco sobre los
bienes ocultos de argentinos en ese país. Además opinaron que el acuerdo abarca
cuentas y bienes anteriores a 2018, y que por lo tanto no ingresaron al
blanqueo; la interpretación de la AFIP es diferente.
Diego Fraga destacó
que "hasta el momento no existía ese tipo de relación tributaria entre los
dos países, pues Estados Unidos suele ser bastante reacio a compartir
información sensible".
"La anterior
administración [por el gobierno de Cristina Kirchner] siempre quiso avanzar en
este sentido, pero la respuesta de Estados Unidos fue evasiva, ya que se
ofrecía firmar un acuerdo en el que sólo la Argentina debía obligarse a enviar
datos a Estados Unidos, o directamente negativa, por algunos delicados
antecedentes del uso con fines políticos de datos enviados por otras agencias,
como el Fincen, que combate el lavado de dinero", recordó.
Litvin indicó que
"el primer intercambio se producirá en el ejercicio 2019, una vez cerrado
el primer período completo, aunque podrá retrotraerse la información a
2018".
"Una vez
vigente y con efectos concretos, en una primera etapa el intercambio será
efectivo con el modelo tradicional a requerimiento; eso significa la necesidad
de cumplir con la identificación del contribuyente, la entidad en la que se
presume la existencia de una cuenta y el motivo y justificación del pedido. En
una segunda etapa se prevé acordar un intercambio automático y otro espontáneo,
así como también la posibilidad de realizar fiscalizaciones en el territorio
norteamericano con apertura de registros y datos de contribuyentes
argentinos", explicó el especialista.
Litvin dijo que
"aquellos contribuyentes que no ingresaron al sinceramiento apostando a
que el acuerdo no se convalidaba, tendrán una contingencia por los capitales no
declarados, que supera el monto de los mismos por aplicación de la fórmula de
incremento de patrimonio no justificado, más intereses, multas y además las
penas de prisión".
"Aquellos
contribuyentes que ingresaron al sinceramiento en forma parcial no declarando
una cuenta, además de la contingencia tendrán la penalidad de decaimiento de
todos los beneficios de condonación que establecía el régimen", indicó.
Además dijo que
"el acuerdo también establece una colaboración mutua en la detección de
acciones para combatir la evasión fiscal; uno de los aspectos en los que el
gobierno norteamericano puso mucho énfasis es la privacidad y el uso de la base
de datos que reciban las autoridades fiscales argentinas. En ese aspecto se
exigen una serie de procedimientos para evitar la manipulación de la
información y el debido resguardo de la privacidad y el secreto fiscal,
recientemente vapuleado por la publicación en un diario de nombres de
contribuyentes que se acogieron al sinceramiento".
Iván Sasovsky dijo
que el acuerdo con Estados Unidos se convertirá en un hito para la tributación
internacional argentina, y en la herramienta más efectiva para combatir la
evasión".
Cabe recordar que
Estados Unidos "no forma parte del acuerdo multilateral propuesto por la
OCDE ni el país tiene la intención de participar en un futuro. Por ello es que
resulta de vital importancia llegar a la entrada en vigor de un tratado
bilateral; de lo contrario estamos ciegos frente al país más importante del
mundo y sin tener ninguna herramienta para combatir la evasión fiscal de
argentinos utilizando ese país".
"Claramente, a
partir de ahora el fisco podrá tomar como indicio de inicio de inspección
cualquier dato recibido desde Estados Unidos, pero antes deberá contar con los
recursos para depurar la información y sólo iniciar procesos en los que haya
una probabilidad de evasión alta para evitar una pérdida de recursos",
concluyó.
El tratado firmado
con el organismo fiscal de Estados Unidos le permitirá a la AFIP acceder a
información de cuentas y bienes de argentinos radicados en ese país, que
podrían no estar declarados en la Argentina.
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