|
Por Jorge Velázquez - El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires enviará
hoy a la Legislatura un proyecto de ley para ratificar la adhesión del distrito
al Consenso Fiscal que firmó la Casa Rosada con las provincias. En ese marco,
también enviará un proyecto para modificar el capítulo de Ingresos Brutos en la
Ley Tarifaria 2018 que ya se encuentra aprobada.
Estos cambios apuntan a instrumentar la reducción gradual de Ingresos Brutos a
la que se comprometieron los gobernadores por ese convenio.
Según explicó en una rueda de prensa el ministro de Hacienda, Martín Mura, el
costo fiscal de estas medidas representará una merma de $17.702 millones sobre
los ingresos tributarios una vez completado el cronograma de baja de alícuotas
previsto para el año 2022. Esta cifra incluye la supresión del Impuesto a los
Sellos.
El funcionario precisó que la reducción gradual de la presión fiscal sobre el
consumo llegará a 55% en 2022 con relación al nivel actual. Estimó que el peso
actual de II.BB. sobre el consumo representa 8,7% por cada $100, según datos de
la COPAL citados por Hacienda. Con la eliminación o reducción del impuesto en
las distintas etapas de la cadena de valor esa presión bajará al 3,9% al cabo
de los cinco años de aplicación.
Por su parte, el titular de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos (AGIP), Andrés Ballotta, destacó que "el impacto de esta reforma
en Ingresos Brutos representará una reducción del 14% sobre la recaudación
total de este impuesto". En tanto que en lo referido a Sellos, "la
merma alcanzará el 42% del total de este impuesto", añadió.
Según calculó el funcionario porteño, "estas medidas implicarán, en
conjunto, una reducción del 10,7% de los recursos totales" de la Ciudad,
es decir, tanto los provenientes de la coparticipación federal como los
tributos de recaudación propia.
La reducción de la carga tributaria por sectores tiene a la industria como uno
de sus ejes principales. En 2022 esta actividad quedará totalmente exenta de
Ingresos Brutos. El 85% de los contribuyentes industriales estará exento a
partir de 2018, lo que significará resignar desde el año que viene el 42% de la
recaudación de II.BB. del sector. Con el envío del Presupuesto 2018, se habían
adoptado medidas para aliviar el impacto de este impuesto en el sector fabril,
como elevar de $24 a $ 75 millones el tope de facturación anual para considerar
exentas a estas actividades.
El proyecto establece otras actividades que irán reduciendo la carga de II.BB.
hasta su exención definitiva en diferentes años: Actividades Primarias (2020),
Transporte de pasajeros y carga (2021), Servicios de electricidad, gas y agua
(2022). Se suman otras actividades que tendrán una reducción gradual de la
carga impositiva, según el cronograma general de cinco años (2020):
Construcción (60% final, comenzando en 2018), Comunicaciones (40% final,
comenzando en 2018) y Servicios financieros productivos (30% final, comenzando
en 2019).
Como contrapartida, el comercio es una de las actividades que soportará un
aumento de la carga impositiva por II.BB., con una suba de la alícuota que
pasará de 3% a 5% en 2021. Alcanzará a los comercios que facturan entre $10
millones y $55 millones. Esta suba gradual incluye también al rubro de
alimentos y bebidas.
Pero la mayor presión de II.BB. no afectará a todo el universo de comerciantes
ya que casi el 90% de los contribuyentes no tendrá cambios, explicó Mura.
Destacó que se mantiene la alícuota del 1,5% para los alimentos y bebidas de
tratamiento especial (carnes, pescado frutas y verduras frescas, leche, queso,
huevos, pan, fideos, entre otros) que se venden en los pequeños comercios con
facturación anual menor o igual a $495.000.
También se mantiene el tratamiento especial para venta minorista de
medicamentos, con alícuota al 1%. Lo mismo ocurrirá con la alícuota del 3% para
los comercios que facturan anualmente menos de $10 millones y que representan
casi el 75 % de los contribuyentes del sector.
Se mantiene la alícuota del 5% para aquellos que facturan más de $55 millones
anuales, que representan casi el 10% del sector (cadenas de supermercados e
hipermercados).
Asimismo, Mura informó que a partir del 1 de enero subirá al 7% la alícuota de
la comisión de tarjetas de crédito al régimen de servicios financieros, que
actualmente está en 5,5%.
También aumentará la presión de II.BB. sobre la facturación de las empresas de
medicina privada, convergiendo en los valores que se aplican en la provincia de
Buenos Aires. Así, la alícuota actual de 1,1% pasará a 3,5% desde 2019.
Según explicó el ministro de Hacienda, la decisión de subir Ingresos Brutos en
algunas actividades apunta a "ir adecuando el tributo para que alguna vez
sea un impuesto sobre la venta minorista al consumo y así quitarle la
característica distorsiva por el efecto cascada que tiene sobre toda la cadena
de producción".
|