Por
Dolores Olveira - Una de las normas de desburocratización que lanzó el Gobierno
consiste en que ahora las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) podrán
hacer oferta pública de sus acciones, o sea que podrán salir a financiarse a la
Bolsa.
Fuentes
del Ministerio de Producción explicaron a El Cronista que para esto, las SAS
creadas por la Ley de Emprendedores no requieren de ninguna reglamentación de
la Comisión Nacional de Valores. Simplemente cumplirán los mismos requisitos
que una sociedad anónima.
Esto
es muy novedoso en sociedades que muchas veces serán incluso unipersonales, y
que sólo necesitan un capital social equivalente a dos salarios mínimos,
vitales y móviles.
En
otro orden, si bien las SAS ya tiene un objeto amplio, no tendrán más la
obligación de establecer taxativamente todas las actividades en su objeto. Esto
reduce los costos de publicación en el Boletín Oficial y les brinda mayor
flexibilidad a la hora de cambiar el rumbo de su negocio.
En
general, se reducen los tiempos de inscripción.
Por
otro parte, el Código Civil y Comercial establece la obligación de que las
sociedades comerciales presenten de manera encuadernada sus libros contables.
La desburocratización elimina esta obligación, permitiendo el reemplazando del
encuadernado por libros digitales, tal como ya estaba permitido por la Ley de
Emprendedores para las SAS.
Ya la
reforma tributaria había equiparada en su tratamiento impositivo a las SAS con
las sociedades anónimas emitiendo casi de esa manera el certificado de
defunción de las sociedades de responsabilidad limitada (SRL), forma societaria
que elegían hasta ahora las empresas chicas porque eran más simples los
trámites, pero en las que los socios responden con sus bienes, mientras que en
las SA y en las SAS, es la sociedad la que responde ante los acreedores.
Las
SAS además tiene menos requisitos y responsabilidades para los administradores
que las SA y las SRL.
Los
requisitos de capital para el inicio son muy bajos en las SAS y se miden en
salarios mínimos vitales y móviles.
La
SAS permite abrir una cuenta bancaria simplificada y digitalizar firma, libros
y poderes, incorporar uno o más accionistas y emitir acciones de mismo derecho
a diferente precio. Además, se puede incluir el costo del trámite como
integración del capital inicial y junto con la inscripción, se obtiene el CUIT
de forma automática, y con ella se puede abrir más rápido una cuenta en el
banco.
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