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Por
Dolores OIveira - Empresas argentinas como MercadoLibre.com, Globant y
Corporación Navíos (Aguada Park) y Despegar.com y Asofarma (Zonamérica) tiene
sus operaciones globales radicadas en zonas francas de Uruguay porque éstas
ofrecen un régimen de prácticamente nula tributación. Esas compañías están
exentas en el país vecino de todos los impuestos nacionales, incluyendo el
impuesto a la renta corporativa (IRAE), el IVA, el impuesto al patrimonio y los
impuestos a la importación, entre otros. Sólo tienen que pagar impuestos departamentales
que no son significativos y aportes a la seguridad social, pero la ley
establece una excepción para el personal extranjero en zonas francas, que puede
optar por no adherir al régimen de seguridad social uruguayo y entonces las
firmas no aportan.
Además,
los accionistas no pagan impuesto a la renta personal (IRPF) cuando reciben
dividendos distribuidos por las empresas en zona franca.
Sin
embargo, las empresas argentinas que tengan planes de instalarse en el corto
plazo tendrán que acelerar los trámites, porque a partir del próximo 8 de
marzo, entrará en vigor la Nueva Ley de Zonas Francas, que traerá consigo
algunos beneficiosos adicionales para las compañías ya instaladas en ellas. Por
ejemplo, podrán prestar servicios a empresas uruguayas, y también desarrollar
ciertas actividades en el resto del territorio uruguayo, hasta ahora
prohibidas. Pero, a su vez, las nuevas compañías tendrán que afrontar algunos
cambios menos ventajosos, indicó Guzmán Ramírez, del Estudio Bergstein de
Montevideo.
Estas
desventajas obedecen principalmente a exigencias planteadas por la OCDE en el
marco de su lucha contra los denominados "regímenes fiscales
dañinos", otra denominación para los paraísos fiscales, explicó Ramírez.
La
preocupación de la OCDE está centrada en actividades que encierran un mayor
riesgo de posibilitar una transferencia artificial de rentas de un país a otro,
como los servicios financieros y los servicios logísticos.
Y,
efectivamente, los servicios financieros y los logísticos (incluyendo
principalmente los centros de distribución regional de mercaderías) representan
50% del total de las exportaciones realizadas desde las zonas francas
uruguayas, lo que las puso en la mira de la OCDE.
En
consecuencia, Uruguay implementó limitaciones y controles para las empresas que
de ahora en más decidan instalarse en alguna de las zonas francas uruguayas,
las que no regirán para las que estén instaladas allí antes del 8 de marzo.
Ramírez enumeró las siguientes:
- Se
exigirá a las nuevas empresas una cantidad mínima de empleados y de activos en
Uruguay.
-
Estarán obligadas a presentar una declaración jurada ante el Ministerio de
Economía y Finanzas uruguayo, a efectos de demostrar cada 2 años que cumplen
con los compromisos asumidos en su correspondiente plan de negocios.
-
Limitación a la exoneración de regalías. Hasta ahora, las regalías obtenidas
por las empresas de zonas francas (por ejemplo, por la licencia de software,
patentes, etc.) estaban exoneradas sin ninguna condicionante o limitación. Para
las nuevas empresas, esas regalías seguirán estando exoneradas pero con la
condición de que el software o la patente sea el resultado de una actividad de
investigación y desarrollo efectivamente realizada dentro de la zona franca. En
la medida que no cumplan con esa condición, las regalías obtenidas por las
nuevas empresas de zonas francas estarán gravadas a la tasa del 25%. Esto es un
fuerte nuevo condicionante para desarrolladores de software argentinos que los
radicaban en las zonas francas uruguayas para pagar menos impuestos.
- La
nueva ley establece plazos máximos para los contratos que conceden a las
empresas el derecho a utilizar las instalaciones de las zonas francas. Antes,
esos contratos podían tener una duración indeterminada. Ahora, tendrán una
duración máxima de 5 años, o salvo que las empresas que vayan a instalarse en
una zona franca suscriban su contrato directamente con la entidad encargada de
administrar ese espacio liberado, en cuyo caso el contrato podría alcanzar una
duración de 15 años.
Pese
a las observaciones planteadas por la OCDE, la nueva ley no solamente no
suprime las exoneraciones tributarias que benefician a las empresas instaladas
en zonas francas, sino que busca potenciar y alentar la instalación de más
zonas francas en Uruguay, particularmente fuera del área metropolitana de
Montevideo, dijo Ramírez, y agregó que para ello, la Nueva Ley establece dos
incentivos principales:
- Las
entidades encargadas de administrar las zonas francas instaladas fuera del área
de Montevideo podrán beneficiarse de una exoneración general, comprensiva de
todos los tributos nacionales, con la excepción del IRAE o impuesto a las
ganancias, y los aportes a la seguridad social.
Hasta
ahora, dichas entidades no tenían ningún tratamiento tributario especial.
-
Podrán crearse zonas francas temáticas, pero solamente fuera del área
metropolitana de Montevideo.
¿Qué
son las zonas francas temáticas? Son una nueva especie de zonas francas, que
podrán estar dedicadas exclusivamente a determinadas actividades: servicios
audiovisuales (filmaciones de películas, publicidad, etcétera), o servicios de
esparcimiento y entretenimiento (parques de diversiones, no casinos), concluyó
Ramírez.
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