SE DEROGÓ EL PISO DE $ 50.000 QUE TENÍA LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR La Unidad de Información Financiera (UIF), dependiente del Ministerio de Justicia, el ente que se encarga de perseguir el lavado de dinero, derogó el piso de $ 50.000 para informar sobre actividades sospechosas. La Resolución 4/2005 alcanza a todos los sujetos obligados a informar por la Ley 25.246; a la AFIP; los contadores que sean síndicos o auditores; los escribanos; el sistema financiero y el BCRA; el mercado de capitales y la CNV; los seguros y la Superintendencia del sector; juegos de azar, y quienes se dediquen a la compraventa de obras de arte, antigüedades u otros bienes suntuarios, inversión filatélica o numismática, exportación, importación, elaboración o industrialización de joyas o bienes con metal o piedras preciosas.
Algunas de las operaciones tipificadas como sospechosas por la UIF, además de aquellas en las que intervengan paraísos fiscales, son las siguientes:
Bancos: Algunas operaciones en efectivo o a través de cuentas, de préstamos, de comercio exterior o relacionadas con inversiones y con la actividad internacional.
Mercado de capitales: Clientes que se resisten a identificarse; operaciones concertadas a precios que no son de mercado; posible testaferro; operaciones realizadas repetidamente entre las mismas partes, de ingeniería financiera o riesgosas.
Sector seguros: Grandes pagos de indemnizaciones en forma extrajudicial; aportes de capital en efectivo; incrementos de pólizas exentas de impuestos; un mismo beneficiario de pólizas de seguro de vida o de retiro contratadas por distintas personas; múltiples pólizas por una misma persona y solicitud de una póliza desde un lugar geográfico distante.
Contadores: Operaciones por precios superiores a los de mercado, formación de empresas o fideicomisos sin aparente objeto; uso de asesores financieros para hacer figurar sus nombres como directores o representantes; préstamos al personal que alcancen el 10% del activo; cobranzas anticipadas por más del 20% de los préstamos, pagos a acreedores en efectivo por más del 20% de los pagos totales; e inversiones por más del 20% del activo, son algunos de los 37 supuestos que se deben observar.
Escribanos: Además, de lo sospechoso, deben brindar un reporte automático sobre todas las operaciones inmuebles por más de $ 200.000 y las hipotecas a partir de $ 50.000. Entre las operaciones inusuales deben observar la constitución de tres o más sociedades en 30 días, donde se repite un socio o un integrante o gerente es extranjero; nombramiento de administradores sin idoneidad; aportes en efectivo de alguno de los integrantes superior a los $ 50.000; venta de acciones o cesiones de cuotas dentro de los 10 días hábiles de requerida la inscripción de la sociedad o antes de ello, y transmisiones sucesivas de inmuebles dentro de un año de su adquisición con diferencias entre los precios declarados superiores en un 30%. |