Por José Zabala - En este 2018 nuevamente aparece
como cuestión central en el mundo de las relaciones laborales
la negociación salarial. El flagelo de la inflación que azota a nuestra
economía desde hace años es muy probable que nos siga acompañando un tiempo
más, según los análisis de los economistas especialistas en la materia, y esto
pone a prueba la capacidad y el ingenio de los actores sociales para poder
recomponer el poder adquisitivo del salario, sin que ello implique un
incremento en los costos de la mano de obra que torne inviable la actividad
económica del empleador obligado a pagarlo.
Muchas veces la negociación centralizada que propone nuestro marco normativo
concluye y no se terminan de visualizar los efectos que genera. Desde empresas
que recortan personal por imposibilidad de mantener el plantel dada la
erogación que esto le insume, pasando por aquellas que incumplen los acuerdos
asumiendo los riesgos que ello conlleva, hasta finalmente otras, en particular
algunas pymes o microemprendimientos que optan por realizar contrataciones o
pagos no registrados.
Y finalmente la víctima primera de estas medidas es el trabajador asalariado, a
quien afecta cualquiera de las "soluciones" antes mencionadas.
Por supuesto que es razonable y necesario repudiar cualquier maniobra que
implique incumplir lo pactado en términos de una negociación colectiva y las
contrataciones irregulares. Pero quedarnos en el discurso no soluciona los
problemas mencionados. Ni protege a sus víctimas.
Creemos que todos los actores sociales tienen algo que aportar para que la
negociación salarial llegue a buen puerto.
Los empleadores, estableciendo parámetros sobre la inflación prevista que se
ajusten a los numerosos análisis que hoy es posible obtener y eventualmente
pactando mecanismos de revisión que permitan corregir las distorsiones que se
produzcan. Desde ya creemos que dichos mecanismos no deben ser automáticos: en
primer lugar, porque la propia Ley 14250 garantiza que si las partes han
asumido el compromiso de sentarse a negociar, lo hagan de buena fe. Y en
segundo término, porque de este modo se podrá atender la realidad de cada
actividad en el momento de producirse la revisión y buscar la solución más
satisfactoria para las partes negociadoras en cada caso.
Los gremios, revisando aquellas normas de los convenios que impidan mejorar la
productividad de la mano de obra. No estamos hablando de renunciar a derechos
legítimamente adquiridos, sino de adecuar los convenios a las nuevas
modalidades de prestación de servicio (tiempo parcial, teletrabajo, guardias
pasivas, funciones complejas, convergencia de funciones, etc). También sería
una contribución importante morigerar los costos indirectos de contribuciones
patronales con destino a los gremios (en un esquema que permita distinguir la
distinta capacidad de pago de los empleadores comprendidos en cada unidad
convencional).
Y el Estado atendiendo a aquellas actividades que por situaciones coyunturales
tengan dificultades para solventar la recomposición de los ingresos de los
trabajadores, aliviando las cargas sociales a través de los mecanismos
previstos en la reciente Reforma Tributaria, e incluso los previstos en el
Proyecto de Reforma Laboral que se estima tratar en el corto plazo
El Gobierno ha sostenido y sostiene su voluntad de que en la Argentina se cree
empleo de calidad. También es responsabilidad de los actores sociales y del
Estado que las negociaciones a realizarse no afecten al empleo ya creado.
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