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Con el fin de simplificar los trámites de pago de las deudas de las
empresas con el Estado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
informó que se simplificará el levantamiento de embargos. La idea con el cambio
normativo es que el contribuyente que quiera regularizar su situación pueda
utilizar los fondos embargados para pagar sus deudas con el fisco
"Hasta ahora, las empresas no podían utilizar el dinero que les
embargaban para pagar esa deuda, ya que debían recurrir a otros fondos para
cancelar su pasivo con la AFIP. Por la reciente reforma tributaria -y a partir
de una resolución general que la AFIP está elaborando- se habilitará el uso del
sistema de dación de pagos, que habilita a extinguir deudas impositivas",
indicó una fuente del organismo.
Actualmente, se habían generado muchos problemas con el levantamiento de
las medidas cautelares (esencialmente embargos e inhibiciones generales de
bienes). En general, se había tornado engorroso y había retrasos en el accionar
de los agentes fiscales.
Asimismo, los contribuyentes, además de tener los fondos embargados por
el total de la presunta deuda, más un porcentaje para afrontar los gastos del
juicio, debían procurarse otros fondos para poder cancelar la deuda con el
Estado.
"Si la empresa debía 30.000 pesos, el organismo embargaba ese monto
y había que pedir prestado o buscar otros $30.000 para que le liberen el
dinero. Con la nueva resolución, se va a poder pagar el pasivo con lo
confiscado. El trámite va a ser prácticamente automático", explicaron en
el organismo.
"Se podrá realizar por Internet, y en pocos días el contribuyente
podrá levantar el embargo", agregó la fuente.
La AFIP, además, instrumentará sistemas informáticos para agilizar más
la operatoria al prestar su conformidad con la liquidación o, por ejemplo,
mediante el ingreso con la clave fiscal.
En tanto, se ingresará una opción que permita la afectación de tales
fondos al pago de la deuda o para realizar el pago por medios bancarios o
electrónicos sin intervención del representante fiscal.
La reforma tributaria fue promulgada por el Gobierno el último día hábil
de 2017. Tras su debate en el Congreso, la ley 27.430 fue publicada en el
Boletín Oficial el 29 de diciembre pasado.
Menos trabas para pagar
Dación de pagos
Por la reciente reforma tributaria, se habilitó el uso del sistema de
"dación de pagos", que habilita a extinguir deudas impositivas.
Fondos
El contribuyente embargado podrá utilizar esos mismos fondos para pagar
la deuda con el fisco.
Digitalización
El trámite se podrá realizar por Internet.
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