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Si el impacto de la investigación sobre el rol
de los empresarios contratistas del Estado, en el marco de la causa
conocida como "cuadernos de las coimas K",
fue uno de los factores que afectó la política económica del Gobierno, el
presidente Mauricio Macri busca que -de ahora en adelante- esta
situación no se repita.
Por eso ordenó a la titular de la Oficina
Anticorrupción (OA), Laura Alonso, la redacción de un protocolo con las
exigencias y lineamientos que las empresas deberán tener en cuenta si quieren
ser contratadas por el Estado, para que puedan cumplir con la ley de Responsabilidad
Penal.
Así, la Resolución 27/2018, publicada hoy en el
Boletín Oficial, hace referencia a una "guía técnica"
para empresas, organizaciones de la sociedad civil, otras personas jurídicas,
agencias estatales, operadores del sistema de justicia, a fin de que
"cuenten con herramientas de interpretación que permitan ajustar su
estructura y sus procesos a efectos de prevenir, detectar y remediar hechos de
corrupción".
En los argumentos de la resolución se cita una
normativa establecida en la Convención Interamericana contra la Corrupción, que
hace referencia a la necesidad de implementar "medidas que impidan el
soborno de funcionarios públicos nacionales y extranjeros, tales como
mecanismos para asegurar que las sociedades mercantiles y otros tipos de
asociaciones mantengan registros que reflejen con exactitud y razonable detalle
la adquisición y enajenación de activos, y que establezcan suficientes
controles contables internos que permitan a su personal detectar actos de
corrupción".
El objetivo principal de la ley de
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas es dotar de mayor
eficacia a las políticas de prevención y lucha contra la corrupción a través de
la generación de incentivos para que las personas jurídicas prevengan la
comisión de delitos contra la Administración Pública por medio de la
implementación de programas de integridad.
Es decir, la norma establece penas que van desde
multas hasta la quita de la actividad por un plazo máximo de diez años y la
suspensión de participar en las licitaciones convocadas con el Estado Nacional
a aquellas empresas involucradas en delitos contra la administración pública.
Además, establece que se podrá realizar una
investigación por los delitos de cohecho (pago de coimas), tráfico de
influencias nacional o transnacional, negociaciones incompatibles con el
ejercicio de funciones públicas; concusión (exacciones ilegales);
enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y falsificación de
balances.
Entre otros puntos, esta "guía técnica"
publicada hoy en el Boletín Oficial establece como regla general "la
prohibición de hacer regalos a funcionarios públicos con fines de influir en la
voluntad o generar condiciones de trato de favor o beneficio para la persona
jurídica".
También, insta a las empresas a la confección de
un Código de Ética, donde queden expresados los valores de la organización; se
fijen pautas éticas que guíen el obrar de todos los integrantes, prohibiciones
claras y expresas de los comportamientos indebidos y sanciones en caso de
incumplimiento.
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