La
AFIP dispuso ayer equiparar a la información aduanera con la información
fiscal, sobre la cual pesa secreto. De modo que el organismo no podrá difundir
información sobre algún exportador o importador de manera particular.
Las operaciones de comercio exterior sólo podrán ser publicadas "de manera
estadística y agregada".
A través de una disposición publicada ayer en el Boletín Oficial, el ente
recaudador dispuso que cuando se reciban pedidos de información de comercio
exterior "se solicitará dictamen del servicio jurídico que corresponda al
área competente, en forma previa a resolver la solicitud de que se trate".
La medida puede afectar a cámaras empresariales que requieren habitualmente de
información sobre importaciones para poder establecer proyecciones sobre el mercado.
De hecho, el año pasado, la AFIP dejó de publicar información estadística casi
en tiempo real sobre ingreso de bienes al país.
La difusión de esos datos no se volvió a normalizar.
"Resulta aconsejable emitir un acto dispositivo de alcance general que
establezca el procedimiento respecto de la información a suministrar en materia
aduanera, frente a los requerimientos que pudieren formular los administrados,
las autoridades u organismos de cualquier naturaleza", concluyó el
organismo.
La AFIP determinó que se publicarán las operaciones de importación y
exportación del mes anterior de forma genérica, de manera que no se pueda
identificar a operadores del comercio exterior de manera específica.
En los casos de dumping, la Aduana podrá informar a autoridades competentes
sobre productos en trámite de importación, cuando sean objeto de investigación.
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