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Por Ximena
Casas - Con sus actualizaciones ya definidas, a partir de enero se
observarán cambios en los esquemas y cronogramas de varios impuestos. A
continuación, cuáles serán sus principales novedades y modificaciones:
Monotributo
La cuota fija mensual del monotributo permite a los contribuyentes
cubrir el pago de obligaciones impositivas y de seguridad social. A partir de enero, los topes de facturación y los
pagos mensuales subirán un 28,46%.
Así, el tope para la categoría más alta del régimen (K) será de $1.726.599,88
de ingresos brutos anuales para comercio y $1.151.066,58 para servicios. Para
acceder a la categoría más baja (A) el tope pasó de los $107.525,27
de 2018 a $138.127,99 de ingresos brutos anuales.
Los contribuyentes que cambiaron de categoría con la
actualización, deben realizar la recategorización del 1° al 21 de enero de
2019. El aporte para la obra social —igual para todas las categorías— pasó de
$536,35 a $689. Los pagos de las cuotas mensuales deben realizarse hasta el día
20 de cada mes.
"Cambió el monto de las actualizaciones, pero el impuesto requiere
una reforma más profunda. Salvo para el pequeño contribuyente, es muy
difícil manejarlo con parámetros fijos en épocas de alta inflación. Es muy
complejo y eso hace que el contribuyente se pase de escala y no se dé
cuenta", destacó Adriana Piano, socia del estudio San Martín Suárez y
Asociados.
"Si no tenés regularidad, hay muchas exclusiones del
monotributo. Algunas han sido por montos ínfimos porque la Ley es muy
tajante", agregó la especialista.
Además, a partir de abril de 2019, se implementará la factura
electrónica obligatoria para todas las categorías. También se aplicará
progresivamente la unificación de la liquidación y pago de monotributo con los
regímenes simplificados de Ingresos Brutos provinciales.
Impuesto a las Ganancias
A partir de enero —y por todo 2019— el mínimo no imponible a partir del cual
los asalariados tributan el impuesto a las Ganancias subirá un 28,29%.
Los trabajadores solteros y sin hijos y que no apliquen ninguna deducción
por gastos pagarán el impuesto si ganan a partir $38.301 netos. Para
los casados y con dos hijos, el monto mínimo será de $50.668 netos.
Por la reforma tributaria de 2017, y luego de su
reglamentación el jueves pasado, la renta financiera pasarán a
tributar también este impuesto, que ya grava a los empleados en relación de
dependencia, profesionales y alquileres.
Por la reforma tributaria, la renta financiera también pasará a tributar
Ganancias
Con fecha de enero de 2018, quedará abarcada por el impuesto la
rentabilidad de depósitos bancarios (todos los plazos fijos), títulos públicos,
obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión, títulos
de deuda de fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y demás
valores, en moneda nacional sin cláusula de ajuste, con una alícuota del
5%.
Por otro lado, estos mismos instrumentos en pesos con cláusula de
ajuste (UVAs o CER) o en moneda extranjera tendrán una alícuota del 15%. También
se incluyen valores como los ADRs (certificados de depósitos de acciones
argentinas que cotizan en mercados internacionales).
De las ganancias obtenidas por estos instrumentos, tanto en pesos como
en dólares, estará sujeto al tributo (del 5% o del 15%) lo que exceda el
mínimo no imponible de $66.918 establecido para 2018.
"Todo sujeto que obtenga este tipo de ganancias, deberá presentar
una declaración jurada como el resto de los contribuyentes del Impuesto a las
Ganancias, lo que la AFIP todavía deberá reglamentar pero entendemos será
en el mes de junio 2019", señaló el tributarista Iván Sasovsy, CEO de
Sasovsky & Asociados.
"Básicamente, el decreto reglamentó una ley que ya tiene un año. Lo
llamativo es que en el caso de renta financiera para los títulos públicos
que perdieron valor en la cotización se les da la posibilidad de diferir
el pago de esa ganancia. Si el bono se depreció, tendrá la opción de no
pago sobre esos intereses y quedarse con un capital reducido para el momento en
que lo venda", puntualizó Piano. Y destacó que, como toda las deducciones
de Ganancias, el monto mínimo no imponible va a aumentar para 2019 según
el índice Ripte, que mide la evolución del salario promedio de los
trabajadores registrados.
A partir de septiembre de este año, cambió la forma de realizar las
deducciones por hijos en el impuesto: solo puede hacerlo uno de los padres o tutores,
cuando antes podían solicitarlo ambos. O, si lo prefieren, cada uno puede
asumir el 50% del monto deducible. La actualización se podrá realizar hasta
marzo de 2019.
Con la nueva reglamentación, también se limitará las deducciones
para los que pagan alquiler. "Antes no estaba claro si en el caso de una
pareja los dos podían deducir el 40% de lo pagado. Ahora se precisó que cada
uno tiene derecho a descontar sobre el 50% de lo que pagan, si el alquiler lo
pagan entre los dos", detalló Piano.
Bienes Personales
Los cambios aprobados este año a través de la Ley
27.480 incrementaron el monto mínimo a partir del cual no
estarán alcanzado por el impuesto a los Bienes Personales a $2 millones.
Por las modificaciones recientes, quedaron exentos del impuesto los inmuebles
rurales y los inmuebles destinados a vivienda (casa-habitación) cuando
su valor sea inferior a $18 millones.
El mayor impacto para los contribuyentes vendrá por el lado de los activos
financieros en el exterior, que duplicaron su valor en pesos luego de la
devaluación.
"El esquema para el impuesto a los Bienes Personales se mantiene
más o menos igual, pero sí puede haber cambios con la valuación de los
inmuebles ya que el Gobierno busca llegar a una valuación más homogénea en
todo el país, donde son muy variables. Se podría ajustar la valuación por
índice de precios hasta que esa valuación nacional esté vigente",
puntualizó Piano. También recordó que sigue vigente el beneficio para los
buenos cumplidores.
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