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En septiembre del año pasado, el Gobierno anunciaba la aplicación de
derechos de exportación para bienes y servicios con el objetivo de obtener una
recaudación extra en torno a los USD 7.000 millones en 2019, en el marco del
plan de "déficit cero" del ministro de Hacienda, Nicolás
Dujovne.
Esta medida comienza a regir a partir de hoy. A través de dos
resoluciones de la AFIP publicadas en el Boletín Oficial, se establece fijar
hasta el 31 de diciembre de 2020 un derecho del 12% en concepto de
retenciones que no podrá exceder los $4 por cada dólar estadounidense del
valor imponible, desde el 1° de enero de 2019.
A principios de enero, el decreto 1201/2018, también publicado en el
Boletín Oficial, consideraba prestación de servicios a "cualquier locación
y prestación realizada en el país a título oneroso y sin relación de
dependencia, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior".
Esto incluye a los servicios basados en el conocimiento, un sector que agrupa a
más de 10.000 empresas, de las cuales cerca de la mitad corresponde a la
exportación de software, de acuerdo a los datos de Argencon, entidad que agrupa
a las firmas del rubro.
La medida recibió críticas por parte de las empresas de servicios
Según informó la AFIP, las micro y pequeñas empresas que hayan
facturado menos de US$ 600.000 anuales no deberán pagar este tributo. Si
facturan más de esta suma, pagarán el impuesto sobre el excedente. Del mismo
modo, este grupo de empresas no deben presentar una declaración jurada si en el
período fiscal aún no superó el límite mencionado.
El valor imponible surge de los comprobantes electrónicos clase
"E", emitidos por las operaciones de exportación de servicios, sin
considerar las generados por exportaciones realizadas al área aduanera especial
(Tierra del Fuego) y zonas francas.
El pago deberá concretarse dentro de los 15 días hábiles del período
mensual posterior a la exportación. Sin embargo, a aquellos contribuyentes
que hayan exportado servicios al exterior por menos de dos millones de dólares
anuales, se les otorgará un plazo de pago de 45 días corridos adicionales, sin
intereses.
En el decreto 1201/2018, se justificó su aplicación de las retenciones a
la exportación de los servicios por la "actual coyuntura económica",
que hace necesario adoptar medidas para "atender las necesidades de las
finanzas públicas".
En su momento, la Asociación Argentina de Publicidad (AAP) expresó su
"grave preocupación por el impacto que tendrán las retenciones en un
sector donde las exportaciones son necesarias aunque incipientes". A
través de un comunicado, sus autoridades plantearon que "un 57% de las
agencias creativas han iniciado el camino de las exportaciones, pero este es un
proceso débil, ya que la mayoría exporta menos del 10% de lo que factura. Si
bien estas empresas cuentan con los recursos humanos y la voluntad de exportar,
tropiezan con trabas, como los costos para facturar entre países".
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