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Por Javier Blanco
- En una nueva demostración de la inquietud que le genera la escasa oferta
privada de divisas, pese a las obligaciones impuestas desde inicios de mes a
los exportadores para que liquiden esos dólares en el
país, el Gobierno condicionó explícitamente el pago de los reintegros
impositivos a las ventas externas a que las empresas, antes, descarguen en el
mercado cambiario local los dólares obtenidos
por esos envíos.
Las empresas
exportadoras recibieron este año por este concepto reembolsos, aunque no
siempre en tiempo y forma, por unos $25.000 millones hasta agosto, es decir, un
promedio de $3100 millones por mes. Esos pagos pasan ahora a estar supeditados
al cumplimiento estricto de los plazos contemplados en las nuevas normas para
liquidar.
El "mecanismo
de persuasión" quedó fijado ayer en la publicación en el Boletín Oficial
del decreto 661, que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri; del jefe
de Gabinete, Marcos Peña; del ministro de Hacienda, Hernán Lacunza, y de su par
de Producción y Trabajo, Dante Sica. El Gobierno había comenzado a trabajar en
la norma hace más de una semana, pero se decidió avanzar tras la reunión que el
último jueves mantuvo el ministro Hernán Lacunza (acompañado por el presidente
del Banco Central, Guido Sandleris) con una docena de representantes de grandes
empresas exportadoras (estuvieron ejecutivos de Cargill, Dreyfus, Bunge,
Vicentín, Molinos, Cofco e IDC, entre otras) para indagar sobre las causas de
la escasa oferta de divisas.
Allí, según
reconstruyó LA NACION, los empresarios dijeron que el promedio de ventas del
sector seguirá en el rango que va de US$400 millones a US$500 millones por
semana, que es el promedio que se viene registrando, y plantearon que la soja
hoy retenida en el campo (se calculan unos 25 millones de toneladas, el doble
de lo que se resguardaría en una situación "normal") difícilmente
pueda ampliarlo, ya que no hay voluntad entre los productores de vender "antes
de las elecciones presidenciales".
Pero los
funcionarios insistieron en reclamarles un "mayor esfuerzo por incrementar
la liquidación". La norma conocida ayer busca reforzar ese pedido.
"Es una forma de aplicar más presión a los exportadores para que ingresen
divisas", comentó una fuente del sector cerealero consultada por la
medida.
La letra del decreto
El decreto conocido
ayer establece que "el pago de los estímulos a la exportación previstos en
la sección X de la ley 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones estará
sujeto a que los exportadores hayan previamente ingresado al país y/o negociado
en el mercado de cambios las correspondientes divisas, de acuerdo con la
normativa vigente".
Se refiere al
régimen de restitución total o parcial de los importes que se hubieran pagado
por derechos de importación y tasa de estadística, "siempre que la
mercadería fuere exportada para consumo tras haber sido sometida en el
territorio aduanero a un proceso de transformación, elaboración, combinación,
mezcla, reparación o cualquier otro perfeccionamiento", fijados por el
decreto 177/85 y sus modificaciones. Pero también refiere al régimen de
reintegro total o parcial de los importes que se hubieran pagado en concepto de
tributos interiores en las distintas etapas de producción y comercialización,
para aquellos exportadores de mercaderías, nuevas sin uso, manufacturadas en el
país, según explica la nueva norma.
En agosto de 2018,
en medio de la fuerte devaluación del peso, el Gobierno ya había dispuesto una
rebaja en los reintegros impositivos para distintos productos.
Por ejemplo, para
la carne, que tenía hasta 4%, pasaron a ser del 0,5% para grasa, 0,75% para
menudencias y cortes con hueso y de 1% y 1,25% para cortes enfriados y
congelados, respectivamente. Para la harina de trigo cayó del 3% al 0,75%.
Además, en el caso de los quesos cayeron de 5% a 2,5%, y para la leche en polvo
quedaron en 0,75 por ciento.
Algunos empresarios
advertían que la medida será "inocua" porque esos pagos suelen tener
demoras, algo más gravoso en tiempos de elevada inflación. Exportadores de
carne bovina, por caso, confiaron que ahora están cobrando reintegros por
ventas al exterior hechas en julio.
De la norma y sus
implicancias
Requisito para
cobrar
Según el decreto
661/2019, "el pago de los estímulos a la exportación previstos en la
sección X de la ley N° 22.415 (Código Aduanero) y modificaciones estará sujeto
a que los exportadores hayan previamente ingresado al país y/o negociado en el
mercado de cambios las correspondientes divisas de acuerdo con la normativa
vigente".
La caja
"condicionada"
Las empresas
exportadoras cobran reembolsos por unos $3100 millones al mes por este
concepto, pagos que ahora quedan supeditados a que hayan liquidado previamente
los dólares obtenidos por la venta al exterior en la plaza local en los tiempos
fijados por las nuevas normas.
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