El Banco Central continúa
puliendo el control de capitales y ahora levantó las restricciones para las
empresas dedicadas a la asistencia al viajero, para que puedan girar dólares al
exterior.
Se
trata de una adecuación de lo establecido en el punto 14 de la Comunicación
"A" 6770 con la que estableció el cepo cambiario el 1 de septiembre
pasado, tras la corrida cambiaria y bancaria generada el 12 de agosto, tras las
elecciones primarias.
El
Banco Central comunicó a las entidades financieras (bancos y casas de cambio)
que las restricciones establecidas no resultan de aplicación a las
transferencias que realicen las empresas de asistencia al viajero.
Por
ello, estas empresas podrán realizar con libertad los pagos de siniestros de
cobertura de salud originados en servicios prestados en el exterior por
terceros a sus clientes residentes, según la Comunicación "A" 6829.
En este
sentido, la entidad interviniente deberá contar con la documentación que le
permita verificar la genuinidad del monto transferido, agrega la adecuación.
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